CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD EDUCACIONAL G & O LIMITADA

CVE 2331352
Capital
$6.000.000 CLP
Fecha instrumento
18 de mayo de 2023
Notaría
Rancagua
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
18 de mayo de 2023
Comuna
Rancagua

Sociedad

Capital
$6.000.000 CLP
Domicilio
Rancagua
Duración
5 años, a contar fecha suscripción del presente instrumento prorrogable en forma automática períodos iguales y sucesivos, si ningún socio manifiesta voluntad ponerle término 2 meses de anticipación a plazo inicial o prórroga, mediante escritura pública anotada margen inscripción social

Objeto social

será la constitución, administración, promoción y desarrollo de proyectos educacionales, pudiendo abrir, sostener y explotar jardines infantiles, con aportes privados, fiscales, semifiscales, y otros, en locales propios o ajenos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GERARDO ANDRES CARVALLO CASTILLO, abogado, Notario Titular de esta Primera Notaría de Rancagua, certifica por escritura ante Notario Interino Alvaro Carvallo Castillo, de fecha 18 de mayo de 2023, CLAUDIA ALEJANDRA GAETE CASANOVA y FELIPE OMAR OLMOS FLORES, ambos domiciliados en calle Las Escolapias N°1976, Rancagua, constituyeron sociedad responsabilidad limitada bajo razón social "SOCIEDAD EDUCACIONAL G & O LIMITADA", nombre de fantasía "JARDIN INFANTIL PROVIDENCIA LTDA.”. Objeto: será la constitución, administración, promoción y desarrollo de proyectos educacionales, pudiendo abrir, sostener y explotar jardines infantiles, con aportes privados, fiscales, semifiscales, y otros, en locales propios o ajenos. Domicilio: Rancagua, sin perjuicio establecer agencias, representaciones o sucursales en cualquier otra ciudad del país o del extranjero. Administración, Representación y Uso Razón Social: Corresponderá a FELIPE OMAR OLMOS FLORES, con amplias facultades.- Capital: $6.000.000, aportados así: cada uno de los socios aporta $3.000.000 efectivo, ingresados en arcas sociales. Duración: 5 años, a contar fecha suscripción del presente instrumento prorrogable en forma automática períodos iguales y sucesivos, si ningún socio manifiesta voluntad ponerle término 2 meses de anticipación a plazo inicial o prórroga, mediante escritura pública anotada margen inscripción social. Los socios limitan responsabilidad hasta el monto de sus aportes.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 14 de junio de 2023.