Instrumento
- Fecha
- 13 de junio de 2023
- Notario
- MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN
- Oficio
- 27° Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) prestación de servicios de fuerza de venta, recursos humanos, servicios de carácter administrativos, auxiliares, outsourcing comercial y de procesos de negocios, consultoría y en general el desarrollo de soluciones integrales de manera permanente para empresas. La sociedad podrá celebrar los contratos y ejecutar los actos que tuviere por convenientes, sean necesarios y)o conducentes para el cumplimiento del objeto social; la realización, organización, administración, difusión y producción, por cuenta propia o ajena, de toda clase de espectáculos y actividades culturales, sociales, artísticos, gastronómicos, recreativos, deportivos, turísticos y, en general, de toda clase de eventos, sean públicos o privados; la contratación, adquisición, instalación, administración, explotación y arrendamiento de restaurantes, casinos, cafeterías, centros de evento y cualquier otro establecimiento similar, por cuenta propia o ajena; la contratación y prestación de servicios de audio, iluminación, publicidad, promoción, marketing y otros relacionados; y, la comercialización, importación, exportación, distribución y arrendamiento de toda clase de bienes muebles. B) La inversión en todo tipo de bienes, ya sean raíces o muebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o por cuenta ajena; y la compra, venta, permuta, arrendamiento, adquisición o enajenación, a cualquier título, de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, como asimismo la explotación y administración de estos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o ajena. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, en especial, podrá participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas. Además, podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con el
Administración
La administración y representación de la sociedad corresponderá a cualquiera de los accionistas, don CARLOS ANDRÉS ROJAS MERA y don JUAN MARCELO ROJAS PÉREZ, para que cualquiera de ellos actuando conjunta o separadamente, representen y obliguen a la sociedad frente a terceros, con las más amplias facultades o bien a través de personas especialmente designadas para ello por instrumento privado protocolizado o por escritura pública, con aquellas facultades que expresamente se le otorguen
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Abogado, Notario Público, Titular de la 27° Notaria de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco N° 0153, comuna de Providencia, Certifica: Que por escritura pública de fecha 13 de Junio del 2023 ante mí, don CARLOS ANDRÉS ROJAS MERA y don JUAN MARCELO ROJAS PÉREZ, constituyen sociedad por acciones, con Nombre: COLABORA OUTSOURCING SpA el nombre comercial y de fantasía COLABORA SpA, con domicilio en la ciudad de Santiago; Objeto: El objeto de la sociedad será: a) prestación de servicios de fuerza de venta, recursos humanos, servicios de carácter administrativos, auxiliares, outsourcing comercial y de procesos de negocios, consultoría y en general el desarrollo de soluciones integrales de manera permanente para empresas. La sociedad podrá celebrar los contratos y ejecutar los actos que tuviere por convenientes, sean necesarios y/o conducentes para el cumplimiento del objeto social; la realización, organización, administración, difusión y producción, por cuenta propia o ajena, de toda clase de espectáculos y actividades culturales, sociales, artísticos, gastronómicos, recreativos, deportivos, turísticos y, en general, de toda clase de eventos, sean públicos o privados; la contratación, adquisición, instalación, administración, explotación y arrendamiento de restaurantes, casinos, cafeterías, centros de evento y cualquier otro establecimiento similar, por cuenta propia o ajena; la contratación y prestación de servicios de audio, iluminación, publicidad, promoción, marketing y otros relacionados; y, la comercialización, importación, exportación, distribución y arrendamiento de toda clase de bienes muebles. B) La inversión en todo tipo de bienes, ya sean raíces o muebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o por cuenta ajena; y la compra, venta, permuta, arrendamiento, adquisición o enajenación, a cualquier título, de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, como asimismo la explotación y administración de estos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o ajena. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, en especial, podrá participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas. Además, podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con el objeto social. Capital: $2.000.000.- dividido en 2000 acciones, se suscribe y paga íntegramente la totalidad de las 2000 acciones que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) Carlos Andrés Rojas Mera, la suma de $1.000.000, equivalente al 50% del interés social, cantidad que es enterada y pagada en este acto, en dinero efectivo, y que es recibida a entera satisfacción por la sociedad y; b) Juan Marcelo Rojas Pérez, la suma de $1.000.000, equivalente al 50% del interés social, cantidad que es enterada y pagada en este acto, en dinero efectivo, y que es recibida a entera satisfacción por la sociedad. Administración: La administración y representación de la sociedad corresponderá a cualquiera de los accionistas, don CARLOS ANDRÉS ROJAS MERA y don JUAN MARCELO ROJAS PÉREZ, para que cualquiera de ellos actuando conjunta o separadamente, representen y obliguen a la sociedad frente a terceros, con las más amplias facultades o bien a través de personas especialmente designadas para ello por instrumento privado protocolizado o por escritura pública, con aquellas facultades que expresamente se le otorguen. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 13 de Junio de 2023.-