Instrumento
- Fecha
- 2 de junio de 2023
- Notario
- MARÍA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS
- Oficio
- Titular de la Quinta Notaría de Santiago señor Patricio Raby Benavente
- Comuna
- Santiago señor Patricio Raby Benavente
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad es la comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- La Sociedad comenzará a regir a contar de la fecha escritura y tendrá una duración de cinco años. Sin embargo, este plazo se considerará tácita y automáticamente prorrogado en idénticas condiciones y períodos, si ninguno de los accionistas manifiesta su deseo de poner término a esta Sociedad, lo que deberá materializarse por escritura pública y anotarse al margen de la misma inscripción social, con una anticipación no inferior a seis meses al vencimiento del respectivo período
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, por cuenta propia o ajena, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de Chile o en el extranjero, las siguientes actividades: La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesa de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas, derechos o acciones en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener renta; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes y dentro del giro, cualquier otro negocio que acuerden los socios; y para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, la Sociedad está facultada sin limitación alguna para ejecutar toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza y jurisdicción autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social, y en general realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas
Administración
La administración de la Sociedad y uso de su razón social corresponderá individual e indistintamente a doña ANDREA LORETO MUÑOZ PEÑALOZA y don LEO ENRIQUE MUÑOZ PEÑALOZA, con amplias facultades señaladas en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS, abogado, Notario Público suplente del Titular de la Quinta Notaría de Santiago señor Patricio Raby Benavente, según Decreto Judicial protocolizado con fecha diecinueve de mayo de 2023, con oficio en calle Gertrudis Echeñique N°30, certifica: por escritura pública de fecha 2 de junio de 2023, ante mí, doña ANDREA LORETO MUÑOZ PEÑALOZA, cédula de identidad N°15.780.384-0; y don LEO ENRIQUE MUÑOZ PEÑALOZA, cédula de identidad N°6.377.624-6, ambos con domicilio en Avenida El Cerro N°1.827, oficina 601, comuna de Providencia, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad por acciones que se regirá por las disposiciones pertinentes del Título VII del Libro II del Código de Comercio y supletoriamente, en aquellas materias no reguladas por sus estatuto, y sólo en aquello que no se contraponga con su naturaleza, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas, y en especial por sus estatutos. NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: "MACS SpA". DURACIÓN: La Sociedad comenzará a regir a contar de la fecha escritura y tendrá una duración de cinco años. Sin embargo, este plazo se considerará tácita y automáticamente prorrogado en idénticas condiciones y períodos, si ninguno de los accionistas manifiesta su deseo de poner término a esta Sociedad, lo que deberá materializarse por escritura pública y anotarse al margen de la misma inscripción social, con una anticipación no inferior a seis meses al vencimiento del respectivo período. DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad es la comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, por cuenta propia o ajena, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de Chile o en el extranjero, las siguientes actividades: La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesa de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas, derechos o acciones en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener renta; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes y dentro del giro, cualquier otro negocio que acuerden los socios; y para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, la Sociedad está facultada sin limitación alguna para ejecutar toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza y jurisdicción autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social, y en general realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas. ADMINISTRACION: La administración de la Sociedad y uso de su razón social corresponderá individual e indistintamente a doña ANDREA LORETO MUÑOZ PEÑALOZA y don LEO ENRIQUE MUÑOZ PEÑALOZA, con amplias facultades señaladas en escritura extractada. CAPITAL: El capital de la Sociedad es la suma de $500.000.- dividido en 500 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, de igual valor cada una, aportado en la siguiente forma: doña ANDREA LORETO MUÑOZ PEÑALOZA, suscribe y paga en mismo acto de escritura 250 acciones en la suma de $250.000.- De esta forma, le corresponde un cincuenta por ciento de las acciones suscritas y pagadas de la Sociedad; y don LEO ENRIQUE MUÑOZ PEÑALOZA, suscribe y paga en mismo acto de escritura 250 acciones en la suma de $250.000.- De esta forma, le corresponde un cincuenta por ciento de las acciones suscritas y pagadas de la Sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 09 de junio de 2023. M. V. Wielandt C. N. S.