Inmobiliaria y Constructora Buenaventura Limitada
Instrumento
- Fecha
- 12 de junio de 2023
- Notario
- Paulina Constanza Estay Calzadilla
- Oficio
- Vigésimo Novena Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPaulina Constanza Estay Calzadilla, Notario Público Interino Vigésimo Novena Notaría Santiago, Mac Iver 225, oficina 302, Santiago, certifico que por escritura pública de hoy, ante mí, doña Ema Moreno Laval y don Juan René Carvajal Báez, ambos domiciliados en calle Lo Beltrán 2.501, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; Inversiones Orca II Limitada, domiciliada en avenida Eliodoro Yáñez mil seiscientos cuarenta y nueve, oficina setecientos siete, comuna de Providencia, Región Metropolitana; Inversiones Lof Limitada, domiciliada en avenida Eliodoro Yáñez mil seiscientos cuarenta y nueve, oficina setecientos siete, comuna de Providencia, Región Metropolitana; Inversiones Lemuy Limitada, domiciliada en avenida Eliodoro Yáñez mil seiscientos cuarenta y nueve, oficina setecientos siete, comuna de Providencia, Región Metropolitana; e Inversiones El Coigue Limitada, domiciliada en avenida Eliodoro Yáñez mil seiscientos cuarenta y nueve, oficina setecientos siete, comuna de Providencia, Región Metropolitana, acordaron modificar la sociedad “Inmobiliaria y Constructora Buenaventura Limitada”, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 7856 número 4397 correspondiente al año 1981, ampliando las facultades del administrador de la sociedad, a “gravar los bienes inmuebles, corporales o incorporales y derechos sobre éstos, con hipotecas y prohibiciones para garantizar obligaciones de terceros, incluso con cláusula de garantía general”. En consecuencia los socios acuerdan reemplazar la letra d) del artículo cuarto del texto refundido de los estatutos sociales, que consta en la escritura pública de veinticuatro de diciembre de dos mil doce otorgada en la notaría de Santiago de don Raúl Undurraga Laso, por la siguiente: “d) comprar, adquirir, vender y enajenar, a cualquier título, toda clase de bienes inmuebles, corporales o incorporales y derechos sobre estos, celebrar contratos de promesa sobre ellos, gravarlos con hipotecas y prohibiciones para garantizar obligaciones sociales o de terceros, incluso con cláusula de garantía general”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 12 de junio de 2023.