Instrumento
- Fecha
- 6 de junio de 2023
- Repertorio
- 4538-2023
- Notario
- Paulina Constanza Estay Calzadilla
- Oficio
- 29ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto la fabricación, elaboración, industrialización, producción, compraventa, importación, exportación, comercialización y distribución de perfumes, aromas, cosméticos, velas, joyería y otros artículos y accesorios de belleza, estética y de decoración y, en general, de toda clase de productos y subproductos derivados de los mismos; y la participación en sociedades de cualquier naturaleza dedicadas a estas actividades u otras complementarias del
Administración
El uso de la razón social y la administración de la Sociedad corresponderá a Marne SpA
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPaulina Constanza Estay Calzadilla, abogado, Notario Público Interino de la 29ª Notaría de Santiago, con domicilio en calle Mac-Iver N°225, oficina N° 302, comuna de Santiago, certifica que por escritura pública otorgada con fecha 6 de junio de 2023, Repertorio N°4538-2023, ante mí, Marne SpA, constituyó una sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre: “Fueguia Chile SpA”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto la fabricación, elaboración, industrialización, producción, compraventa, importación, exportación, comercialización y distribución de perfumes, aromas, cosméticos, velas, joyería y otros artículos y accesorios de belleza, estética y de decoración y, en general, de toda clase de productos y subproductos derivados de los mismos; y la participación en sociedades de cualquier naturaleza dedicadas a estas actividades u otras complementarias del giro. Capital: El capital social será la cantidad de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan íntegramente en el acto por Marne SpA. Administración: El uso de la razón social y la administración de la Sociedad corresponderá a Marne SpA. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de un extracto de la escritura para su legalización. Santiago, 8 de junio de 2023.