VALDÉS Y LORCA ABOGADOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de mayo de 2023
- Notario
- ANTONIETA MENDOZA ESCALAS
- Oficio
- 16º Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $20.000 CLP
- Domicilio
- Santiago. Fallecimiento o incapacidad de los socios no disuelve sociedad la que continúa con socio sobreviviente o capaz y herederos o representante socio fallecido o incapacitado
- Duración
- 3 años desde suscripción escritura, prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos
Objeto social
Exclusivamente la prestación de servicios profesionales de asesoría legal en el ámbito extrajudicial, prejudicial o judicial
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANTONIETA MENDOZA ESCALAS, Notario Público, Titular 16º Notaría Santiago, San Sebastián 2750, Las Condes, certifica: Por escritura pública 05 de mayo de 2023, Rep.1.950/2023.-, ante el Notario Reemplazante este oficio Gonzalo Sergio Mendoza Guíñez, Felipe Valdés Gabrielli y Cristián Lorca Donoso, ambos domiciliados en Avenida Vitacura Nº 3.565, piso 7, oficina 71, Vitacura, Santiago, constituyeron sociedad responsabilidad limitada monto respectivos aportes. Razón social: "VALDÉS Y LORCA ABOGADOS LIMITADA", pudiendo usar el nombre de fantasía de "VALDÉS y LORCA ABOGADOS LTDA” o “V & L ABOGADOS LTDA". La administración, representación y uso de la razón social corresponderá conjuntamente a los socios don Felipe Valdés Gabrielli y don Cristián Lorca Donoso, con las facultades señaladas en pacto social. Capital social: Es de $20.000.000 que los socios aportan y enteran de la siguiente manera: a) Felipe Valdés Gabrielli con $10.000.000.- que entera en este acto en dinero efectivo en la caja social; y b) Cristián Lorca Donoso con $10.000.000.- que entera en este acto en dinero efectivo en la caja social. Objeto: Exclusivamente la prestación de servicios profesionales de asesoría legal en el ámbito extrajudicial, prejudicial o judicial.- Duración: 3 años desde suscripción escritura, prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos.- Domicilio: Santiago. Fallecimiento o incapacidad de los socios no disuelve sociedad la que continúa con socio sobreviviente o capaz y herederos o representante socio fallecido o incapacitado. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 24 de mayo de 2023.