MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES Y ASESORIAS SOBEK SpA

RUT 77745127-8 CVE 2328992
Fecha instrumento
30 de mayo de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de mayo de 2023
Repertorio
6135-2023
Notario
MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN
Oficio
Vigésimo Séptima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Estatutos de la sociedad INVERSIONES Y ASESORIAS SOBEK SpA socio 77745127-8
LEONARDO RAÚL SANTANDER PAVEZ socio 10177187-3

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Abogado, Notario Público Titular de la Vigésimo Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco 0153, Providencia, certifico que: con fecha 30 de Mayo de 2023, Repertorio N° 6135-2023, ante mí, se celebró escritura pública, mediante la cual se modificó y se refundieron los Estatutos de la sociedad INVERSIONES Y ASESORIAS SOBEK SpA, RUT N° 77.745.127-8, sociedad inscrita a fojas 45.954, N° 28.358 del Registro de Comercio de Santiago del año 2014. En este acto, certifiqué que el compareciente, don LEONARDO RAÚL SANTANDER PAVEZ, RUT N° 10.177.187-3, domiciliado, para estos efectos, en Paseo Bulnes N° 139, oficina 76, comuna de Santiago, es el único accionista de la sociedad INVERSIONES Y ASESORIAS SOBEK SpA. El compareciente, en su calidad de único accionista, modificó la Sociedad INVERSIONES Y ASESORIAS SOBEK SpA, específicamente en aquellas materias relativas al capital social, forma de administración y distribución de dividendos. Además, y como consecuencia de las modificaciones sociales antes señaladas, el único accionista fijó un nuevo texto refundido de los Estatutos Sociales, respecto del cual se extractan las siguientes menciones: “ARTÍCULO PRIMERO: El nombre de la sociedad es INVERSIONES Y ASESORÍAS SOBEK SpA. Sin embargo, la compañía podrá actuar y funcionar, en todas sus operaciones, incluso con los bancos, instituciones financieras y frente a autoridades de la administración del Estado, con el nombre de fantasía INVERSIONES SOBEK SpA.”; “ARTÍCULO SEGUNDO: La duración de la sociedad será indefinida."; “ARTÍCULO TERCERO: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las oficinas, agencias, representaciones o sucursales que establezca en otros lugares del país o en el extranjero.”; “ARTÍCULO CUARTO: El objeto de la sociedad es: a) Realizar estudios, asesorías, consultoría y proyectos empresariales, de ingeniería e industriales, en todos sus ámbitos y la administración de ellos, por cuenta propia o ajena; b) Realizar inversiones en todo tipo de bienes muebles e inmuebles, derechos de cualquier tipo, sociedades, comunidades, valores mobiliarios o mercantiles y en cualquier clase de documentos de inversión, nacionales o extranjeros, todo por cuenta propio o ajena, y administrarlos; c) Representar firmas comerciales o industriales, nacionales o extranjeras, y contratar con ellas concesiones, licencias, marcas comerciales, patentes de invención, asistencia técnica y cualquier otro servicio, todo por cuenta propia o ajena; y, d) Actuar como intermediario, corredor o comisionista en cualquier ámbito de negocios o actividades.”; “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la cantidad de siete millones seiscientos cincuenta y ocho mil trescientos tres pesos, dividido en siete millones seiscientas cincuenta y ocho mil trescientas tres acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. Este capital se suscribe y paga, conforme a lo que se expresa en el artículo primero transitorio, quedando autorizado el pago en otros bienes que dinero.”; “ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a un Administrador, que será LEONARDO RAÚL SANTANDER PAVEZ, chileno, abogado, cédula nacional de identidad número diez millones ciento setenta y siete mil ciento ochenta y siete guión tres, quien actuará representando a la Sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, estando investido de todas las facultades de administración y disposición que la ley o el estatuto no establezcan como privativas de la junta de accionistas (...).”. Las facultades de administración se encuentran señaladas en escritura extractada; “ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO: El Administrador no será remunerado por el ejercicio de sus funciones, a no ser que él o los accionistas, de común acuerdo, determinen lo contrario. En el evento que la Sociedad esté constituida por más de un socio, el Administrador será nombrado en Junta de Accionistas.”; “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la sociedad es la cantidad de siete millones seiscientos cincuenta y ocho mil trescientos tres pesos, dividido en siete millones seiscientas cincuenta y ocho mil trescientas tres acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas por don LEONARDO RAÚL SANTANDER PAVEZ en la forma que se detalla a continuación. (a) Un millón de acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal fueron suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; y, (b) seis millones seiscientas cincuenta y ocho mil trescientas tres acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, se suscriben y pagan íntegramente en este acto, mediante aporte en dominio de cuatrocientas cincuenta acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal, de la sociedad denominada Andes Servicios Tecnológicos SpA.” Demás estipulaciones en la escritura extractada. Santiago, SANTIAGO 30 DE MAYO DE 2023.-