Instrumento
- Fecha
- 2 de junio de 2023
Sociedad
- Capital
- $22.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad es la comuna de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tiene por
Administración
La administración y representación de la sociedad le corresponderá a don JUAN CARLOS ZÚÑIGA MENDOZA y a don PABLO ANDRÉS ZÚÑIGA DÍAZ, los que podrán actuar conjunta o separadamente, amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFELIX JARA CADOT, 41ª Notaría, Huérfanos 1160/ subsuelo, Santiago, certifica: por escritura pública, hoy ante mí, JUAN CARLOS ZÚÑIGA MENDOZA y PABLO ANDRÉS ZÚÑIGA DÍAZ, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Alonso de Córdova número cinco mil ciento cincuenta y uno, oficina quinientos uno, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, vienen en constituir una sociedad por acciones. NOMBRE: “INVERSIONES AMANECER SpA”. OBJETO: La sociedad tiene por objeto: a) La gestión inmobiliaria, por medio de la compra, venta, arriendos de todo tipo de bienes inmuebles. Construcción, modificación y reparación de todo tipo de casas, edificios, galpones, locales comerciales y en general, cualquier tipo de construcción permitida por las leyes vigentes, compra, venta, arriendo, subdivisión de propiedades inmuebles; b) Inversión en todo tipo de acciones, valores comerciales, monedas extranjeras, depósitos como de cualquier otro instrumento financiero; c) Todas las actividades que los socios acuerden, tengan o no relación con los giros expresados. DOMICILIO: El domicilio de la sociedad es la comuna de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero. DURACION: Indefinida. ADMINISTRACION: La administración y representación de la sociedad le corresponderá a don JUAN CARLOS ZÚÑIGA MENDOZA y a don PABLO ANDRÉS ZÚÑIGA DÍAZ, los que podrán actuar conjunta o separadamente, amplias facultades. CAPITAL: $22.000.000, dividido en mil acciones nominativas de igual valor, se suscribe, entera y paga de la siguiente forma: I) Don JUAN CARLOS ZÚÑIGA MENDOZA, entera y paga quinientas acciones, por el valor de ONCE MILLONES DE PESOS, lo que corresponde al cincuenta por ciento del total de las mismas, mediante el aporte en dominio de los derechos que le corresponden en el inmueble que se singulariza en la letra a) de la presente cláusula; II) Don PABLO ANDRÉS ZÚÑIGA DÍAZ, entera y paga quinientas acciones, por el valor de ONCE MILLONES DE PESOS, lo que corresponde al cincuenta por ciento del total de las mismas, mediante el aporte en dominio de los derechos que le corresponden en el inmueble que se singulariza en la letra a) de la presente cláusula: a) Don JUAN CARLOS ZÚÑIGA MENDOZA y don PABLO ANDRÉS ZÚÑIGA DÍAZ, son dueños, por partes iguales, del LOTE CUARENTA Y CUATRO, que forma parte del Resto o parte no transferida de la Parcela de Secano número Siete, que a su vez forma parte del predio rústico denominado Resto del Fundo Mallerno, ubicado en la comuna de Marchigue, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, de una superficie de cinco mil metros cuadrados, latamente singularizado en escritura, inscrito a fojas cinco mil cuatrocientos ochenta y dos número cinco mil ciento cuarenta y dos, correspondiente al Registro de Propiedad del año dos mil veintidós, del Conservador de Bienes Raíces de Peralillo. De conformidad con lo anterior, el capital social ha quedado suscrito, enterado y pagado. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, a 02 de junio de 2023.