INMOBILIARIA E INVERSIONES DEL PILAR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 1 de junio de 2023
- Notario
- exponen que por escritura pública otorgada ante Juan Ricardo San Martin Urrejola
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO HALES BESELER, Notario Titular 13° Notaría Santiago, Compañía 1.312, certifico: Escritura del veintinueve de mayo del dos mil veintitrés, ante Fernando Gabriel Sepúlveda Rosas, Notario Suplente de esta Notaría, AGUSTÍN HERIBERTO LOYOLA FUENTES, chileno, factor de comercio, casado y separado totalmente de bienes, cédula de identidad número nueve millones cuatrocientos setenta mil setecientos sesenta y ocho guion cuatro, con domicilio en Díaz Ramos número mil treinta y seis de la comuna de Recoleta; CAROLINA ELIZABETH MARÍN GARCÍA, chilena, factor de comercio, casada y separada totalmente de bienes, cédula de identidad número trece millones cuatrocientos setenta y seis mil doscientos sesenta y cinco guion nueve, del mismo domicilio del compareciente anterior y AIDA ELIZABETH GARCÍA MARÍN, chilena, factor de comercio, cédula de identidad número ocho millones setecientos setenta y un mil diecisiete guion tres, domiciliada en Los Plátanos número cuatro mil quinientos sesenta y dos, Peñalolén, exponen que por escritura pública otorgada ante Juan Ricardo San Martin Urrejola, Notario Público Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con fecha doce de agosto de dos mil cinco, repertorio diez mil quinientos sesenta y dos se constituyó la sociedad comercial de Responsabilidad Limitada denominada “INMOBILIARIA E INVERSIONES DEL PILAR LIMITADA”, Rol Único Tributario número setenta y seis millones seiscientos treinta y siete mil ochocientos setenta guión seis, cuyo capital inicial es la suma de ciento veintidós millones de pesos, inscribiéndose el extracto a fojas treinta mil ciento sesenta, número veintiún mil seiscientos cuarenta y nueve, Registro Comercio Santiago año dos mil cinco y publicado en Diario Oficial con fecha dieciséis de septiembre de dos mil cinco. Por este acto CAROLINA ELIZABETH MARÍN GARCÍA y AIDA ELIZABETH GARCÍA MARÍN, vienen en modificar el pacto social como sigue: AIDA ELIZABETH GARCÍA MARÍN, transfiere el noventa y uno punto cero dos por ciento de los derechos sociales a AGUSTÍN HERIBERTO LOYOLA FUENTES, en sesenta millones de pesos, pagados. En consecuencia, la sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES DEL PILAR LIMITADA”, queda integrada por los siguientes socios con los siguientes porcentajes: a) CAROLINA ELIZABETH MARÍN GARCÍA, titular del cuatro coma nueve por ciento del total del capital e interés social; b) AGUSTÍN HERIBERTO LOYOLA FUENTES, titular del noventa y uno punto cero dos por ciento del total del capital e interés social; y c) AIDA ELIZABETH GARCÍA MARÍN, titular del cuatro punto cero ocho por ciento del total de capital e interés social, quienes acuerdan que se mantiene la cláusula QUINTA del pacto de constitución social, en el sentido que administración y uso razón social corresponde a CAROLINA ELIZABETH MARÍN GARCÍA. En lo no modificado quedan plenamente vigentes las demás estipulaciones del contrato social de constitución. Otros pactos escritura extractada. Santiago, 01 junio 2023.