CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Transportes GH SpA

CVE 2328238
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
30 de mayo de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de mayo de 2023
Notario
MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ
Oficio
7ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago

Objeto social

El objeto de la sociedad será la realización por cuenta propia, de terceros o asociados de las siguientes operaciones enunciativas y no limitativas: servicios de transportes público y)o privado por medio de minibuses y otros tipos de vehículos, y en general, suscribir y ejecutar todos los actos y aquellos contratos y negocios afines o derivados de los anteriores y adecuados para el cumplimiento de los fines indicados y el desarrollo de la actividad propio de la sociedad, así como los necesarios para el fin social y convenientes para los intereses de la sociedad; y todas aquellas actividades que sean necesarias para la consecución del giro anteriormente expuesto y cualquier otro objeto que los accionistas acuerden; y todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con este cometido, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa e indirectamente, con este giro; y cualquier otro negocio o actividad que los accionistas estimen conveniente

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, abogado, Notario Público Titular 7ª Notaría de Santiago, Agustinas 1161, Entrepiso, Certifica: Por escritura pública de 30/05/2023 ante mí: GUSTAVO EDUARDO HENRÍQUEZ MATURANA, de nacionalidad chilena, ingeniero mecánico, soltero, con domicilio en Del Tabique sin número V seis, número dos mil quinientos cincuenta y seis chilectra, comuna de Quilpué, Región de Valparaíso, constituyó una sociedad por acciones conforme a lo preceptuado en el párrafo ocho del Título Séptimo del Libro Segundo del Código de Comercio, la que tendrá el siguiente estatuto social. NOMBRE: El nombre de la sociedad será “Transportes GH SpA”, sin perjuicio de usar el nombre de fantasía o sigla comercial de “Viajamos SpA”, pudiéndola usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante Bancos, instituciones financieras y ante cualquier organismo públicos o privado.- DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales que puedan establecerse en el resto del país o en el extranjero para lo cual estará expresamente facultada.- OBJETO: El objeto de la sociedad será la realización por cuenta propia, de terceros o asociados de las siguientes operaciones enunciativas y no limitativas: servicios de transportes público y/o privado por medio de minibuses y otros tipos de vehículos, y en general, suscribir y ejecutar todos los actos y aquellos contratos y negocios afines o derivados de los anteriores y adecuados para el cumplimiento de los fines indicados y el desarrollo de la actividad propio de la sociedad, así como los necesarios para el fin social y convenientes para los intereses de la sociedad; y todas aquellas actividades que sean necesarias para la consecución del giro anteriormente expuesto y cualquier otro objeto que los accionistas acuerden; y todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con este cometido, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa e indirectamente, con este giro; y cualquier otro negocio o actividad que los accionistas estimen conveniente. CAPITAL: El capital de la sociedad, ascendente a $1.000.000.-, a que se refiere el artículo sexto de los estatutos, dividido en 100 acciones, de una misma y única serie y sin valor nominal; a) se suscriben cien acciones íntegramente por don GUSTAVO EDUARDO HENRÍQUEZ MATURANA, equivalentes al cien por ciento del capital social y cien por ciento de las utilidades que paga en este acto en dinero en efectivo la cantidad de un millón de pesos, ya ingresado a caja social. Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad. Las acciones serán nominativas y serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos. La sociedad no reconoce ni admite fracciones de acciones. En caso que una o más acciones pertenezcan en común a dos o más personas, sus dueños deberán designar un apoderado común para que actúe por ellos ante la sociedad. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. SANTIAGO, 08 de Junio de 2023.-