MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

MCS Consultores SpA

RUT 76725960-3 CVE 2328265
Fecha instrumento
22 de mayo de 2023
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
22 de mayo de 2023
Repertorio
883/2023
Notario
SANDRA ELIANA CARCAMO VELÁSQUEZ
Domicilio
esta ciudad

Sociedad

Domicilio
La ciudad de Santiago. c.)
Duración
La sociedad tendrá una duración de treinta años, contados desde la suscripción de la escritura de modificación, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de cinco años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, mediante aviso que deberá extenderse por escritura pública con no menos de ciento ochenta días de anticipación a la expiración del respectivo período en curso, haciéndose anotar con la misma anticipación, al margen de la inscripción social

Objeto social

la consultoría y asesoría en recursos humanos, coaching, selección de personal, gestión comercial, marketing, finanzas, administración, dirección de empresas, sistemas informáticos, tecnología, mediciones, diagnósticos, capacitaciones y el desarrollo de todo tipo de actividades complementarias a estos fines. d.)

Administración

La administración y el uso de la razón social corresponderá a los socios don JUAN EDUARDO ROSSELOT POMÉS y doña VERÓNICA ÁNGELA AGUILERA GONZÁLEZ, quienes podrán actuar de forma conjunta, individual o indistintamente; con facultades indicadas en la escritura extractada. f.)

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

SANDRA ELIANA CARCAMO VELÁSQUEZ, Notario Público de esta ciudad, San Bernardo 224, Puerto Varas, certifico: Que por Escritura Pública de fecha 22/05/2023, Repertorio N°883/2023; ante Notario Suplente CAROLA NATASHA VALLADARES CANOBRA, se modificó la sociedad “MCS CONSULTORES SpA.”, reduciéndose además a escritura pública el acta de su junta de accionistas celebrada el 16 de mayo de 2023. Los accionistas, don JUAN EDUARDO ROSSELOT POMÉS, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero comercial, cédula de identidad número seis millones trescientos cuarenta y seis mil dieciocho guion cuatro, y doña VERÓNICA ÁNGELA AGUILERA GONZÁLEZ, chilena, casada y separada totalmente de bienes, ingeniero comercial, cédula de identidad número siete millones cuarenta y un mil novecientos cuarenta y dos guion cuatro, ambos comparecientes domiciliados para estos efectos en Ruta doscientos veinticinco, kilómetro ocho, Sector La Fábrica, casa cinco, comuna de Puerto Varas, modificaron la sociedad “MCS CONSULTORES SpA.”, en el sentido de transformarla en una sociedad de responsabilidad limitada, cuyos estatutos a continuación se extractan: a.) Nombre o Razón Social: “MCS CONSULTORES LIMITADA”. b.) Domicilio: La ciudad de Santiago. c.) Objeto: la consultoría y asesoría en recursos humanos, coaching, selección de personal, gestión comercial, marketing, finanzas, administración, dirección de empresas, sistemas informáticos, tecnología, mediciones, diagnósticos, capacitaciones y el desarrollo de todo tipo de actividades complementarias a estos fines. d.) Capital: El capital de la sociedad será la suma de cinco millones de pesos, que los socios aportarán de la siguiente manera: don JUAN EDUARDO ROSSELOT POMÉS la cantidad de dos millones setecientos cincuenta mil pesos, y doña VERÓNICA ÁNGELA AGUILERA GONZÁLEZ la cantidad de dos millones doscientos cincuenta mil pesos. El capital social se encuentra íntegramente pagado e ingresado a caja social. Los socios aportarán también especialmente su trabajo profesional. e.) Administración: La administración y el uso de la razón social corresponderá a los socios don JUAN EDUARDO ROSSELOT POMÉS y doña VERÓNICA ÁNGELA AGUILERA GONZÁLEZ, quienes podrán actuar de forma conjunta, individual o indistintamente; con facultades indicadas en la escritura extractada. f.) Duración: La sociedad tendrá una duración de treinta años, contados desde la suscripción de la escritura de modificación, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de cinco años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, mediante aviso que deberá extenderse por escritura pública con no menos de ciento ochenta días de anticipación a la expiración del respectivo período en curso, haciéndose anotar con la misma anticipación, al margen de la inscripción social. Demás estipulaciones, escritura extractada. Puerto Varas, 30 de mayo de 2023.-