MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIAL SIMA LIMITADA

RUT 77467680-5 CVE 2327572
Fecha instrumento
29 de mayo de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
29 de mayo de 2023
Repertorio
12334
Notario
MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN
Oficio
Vigésima Séptima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Abogado, Notario Público Titular de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, con domicilio Orrego Luco número 0153, comuna de Providencia, certifico que por escritura pública de fecha 29-05-2023, ante mí, FERNANDO RODRIGO QUEVEDO RIOS, chileno, casado, ingeniero civil industrial, c.n.i.n°10.866.190-9, domiciliado en calle Avenida Manuel Antonio Matta Número 1.345, comuna de Santiago, y don BRUNSLEY OSCAR ELLIOT STAMBUK, chileno, casado, ingeniero, c.n.i.n°10.545.876-2; domiciliado en calle Obispo Orrego 368 departamento 302, comuna de Ñuñoa, quien comparece en representación de Sustenta, Ingeniería y Construcción SpA Rut 76.278.616-8; ambos con domicilio en calle Obispo Orrego número trescientos sesenta y ocho departamento trescientos dos comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana quienes modifican la sociedad “COMERCIAL SIMA LIMITADA”, constituida por escritura publica de fecha 6 de junio de año 2000, repertorio 12334, otorgada ante el Notario Público Aliro Veloso Muñoz extracto se inscribió en el Registro de Comercio a fojas 14.618 N°11.883 del C. B. R. Santiago, publicada en el diario oficial 20 de julio de 2000. Modificada, por escritura pública de fecha 10 de julio de 2015, otorgada ante Notario Publico de Santiago de don Enrique Tornero Figueroa, extracto inscrito en registro de Comercio a fojas 57.393 N°33472 del año 2015, del C. B. R. Santiago, y posteriormente modificada con fecha 9 de marzo de 2021, inscrita a fojas 19006 número 9026 del Registro de Comercio del C.B.R. de Santiago año 2021, a consecuencia de la cual quedaron como únicos socios vigentes los antes individualizados. Que en sus calidades de únicos socios, de la Sociedad COMERCIAL SIMA LIMITADA, en este acto y a contar de esta fecha, los comparecientes acuerdan modificar la cláusula tercera de la escritura constitutiva, conservada en la actual vigente, la que se complementa agregando qué; además, en el evento de la muerte del socio persona natural don Fernando Rodrigo Quevedo Ríos o don Brunsley Oscar Elliot Stambuk, representante legal de la Sociedad SUSTENTA, INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN SpA, continuará entre los socios sobrevivientes con los herederos del difunto, en las mismas condiciones que actualmente concurren y las reglas que la rigen salvo acuerdo en contrario, conviniendo las partes que se apliquen las normas de los artículos 2103 y 2105 del Código Civil y cualquiera otra que fuere pertinente al respecto y sea procedente, quedando en consecuencia, de la siguiente forma; "TERCERO: La duración de la sociedad será de tres años, a contar de esta fecha, renovables automáticamente por igual período, si ninguno de los socios manifestara su voluntad de ponerle término al final del respectivo período, mediante escritura pública que deberá anotarse al márgen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio y comunicarse al otro socio mediante carta certificada, todo con un plazo de anterioridad al menos de seis meses del vencimiento del período de que se trate. Además, en el evento de la muerte del socio persona natural don Fernando Rodrigo Quevedo Ríos o don Brunsley Oscar Elliot Stambuk, representante legal de la Sociedad SUSTENTA, INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN SpA, continuará entre los socios sobrevivientes con los herederos del difunto, en las mismas condiciones que actualmente concurren y las reglas que la rigen salvo acuerdo en contrario, conviniendo las partes que se apliquen las normas de los art 2103 y 2105 del Código Civil y cualquiera otra que fuere pertinente al respecto y sea procedente”. Las partes convienen expresamente que el estatuto social en que esta actualmente en vigor continúa rigiendo en todo aquello que no fuere modificado para todos los efectos de derecho. Todos los demás antecedentes y clausulas, constan en la escritura modificatoria aludida y extractada. Santiago, 30 de mayo de 2023.