MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

CoinFlares SpA

RUT 77722978-8 CVE 2327250
Capital
$2.667 CLP
Fecha instrumento
1 de junio de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
1 de junio de 2023
Repertorio
23182-2023
Notario
ibutario número ocho millones doscientos quince mil novecientos catorce guion dos
Oficio
trigésimo octava Notaría de esta ciudad
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.667 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, chilena, casada, abogado, cédula de identidad y Rol Único Tributario número ocho millones doscientos quince mil novecientos catorce guion dos, Notario Público Titular de la trigésimo octava Notaría de esta ciudad, con domicilio en calle Miraflores número ciento setenta y ocho, quinto piso, certifica que: Por escritura pública de fecha 1 de junio de 2023, Repertorio 23.182-2023, otorgada ante doña Verónica González Dávila, notario Público Suplente de la Titular de la Trigésima Octava Notaria de Santiago, se redujo a escritura pública el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “CoinFlares SpA”, inscrita a fojas 11.819, N° 5.759 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2023, (en adelante, la “Sociedad”),con la asistencia del 100% de los accionistas y de la notario que autoriza. La Junta por unanimidad acordó entre otras materias: 1) Aumentar el capital de la Sociedad, que se realizará mediante la emisión de 30.000 nuevas acciones de una misma y única serie, sin valor nominal, las que tendrán un valor de suscripción por acción de $2.667 pesos.-, dando en consecuencia un aumento de capital ascendente a la suma de $80.010.000 pesos; 2) Modificación de los estatutos de la Sociedad, reemplazando en consecuencia los artículos Quinto y Segundo Transitorio por los siguientes: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la cantidad de ochenta millones ciento diez mil pesos, dividido en cien mil acciones nominativas, sin valor nominal. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o en otros bienes”. “ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO: El capital social, ascendente a la suma de ochenta millones ciento diez mil pesos, dividido en cien mil acciones nominativas, sin valor nominal, se suscribe y paga de la siguiente forma: a) PATRICIO ZAVALA, ya individualizado, suscribió, al momento de la constitución social, setenta mil acciones, por un valor total de cien mil pesos, equivalentes al setenta por ciento del capital social, los que pagaron al momento de la constitución social; b) La sociedad “Inversiones y Asesorías Cosas Raras limitada” suscribe seis mil acciones en este acto por un valor total de dieciséis millones dos mil pesos, equivalentes al seis por ciento del capital social y que paga de la siguiente manera: Con la cantidad de dieciséis millones dos mil pesos, equivalentes a seis mil acciones, en dinero efectivo dentro de los treinta días siguientes a la fecha de la presente Junta; c) La sociedad “Inversiones Vía Aurora Limitada” suscribe seis mil acciones en este acto por un valor total de dieciséis millones dos mil pesos, equivalentes al seis por ciento del capital social y que paga de la siguiente manera: Con la cantidad de dieciséis millones dos mil pesos, equivalentes a seis mil acciones, en dinero efectivo dentro de los treinta días siguientes a la fecha de la presente Junta; d) La sociedad “Sociedad de Inversiones Quitor Limitada” suscribe doce mil acciones en este acto por un valor total de treinta y dos millones cuatro mil pesos y que paga de la siguiente manera: Con la cantidad de treinta y dos millones cuatro mil pesos, equivalentes al doce por ciento del capital social y que paga de la siguiente manera: Con la cantidad de treinta y dos millones cuatro mil pesos, equivalentes a doce mil acciones, en dinero efectivo dentro de los treinta días siguientes a la fecha de la presente Junta; e) La sociedad “Sociedad de Inversiones e inmobiliaria Santa Barbara limitada” suscribe seis mil acciones en este acto por un valor total de dieciséis millones dos mil pesos, equivalentes al seis por ciento del capital social y que paga de la siguiente manera: Con la cantidad de dieciséis millones dos mil pesos, equivalentes a seis mil acciones, en dinero efectivo dentro de los treinta días siguientes a la fecha de la presente Junta.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 5 de junio de 2023.