MODIFICACIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

CLAUDIA DURLEY ALZATE MESA CLINICA DENTAL DASERVA E.I.R.L.

RUT 76474385-7 CVE 2327446
Capital
$4.000 CLP
Fecha instrumento
25 de mayo de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
25 de mayo de 2023
Notario
WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ
Oficio
49ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$4.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, Notario Público Titular de la 49ª Notaría de Santiago, Amunategui Nº73, certifico: Por escritura pública, de fecha 25 de mayo de 2023, hoy ante mí, por una parte, Claudia Durley Alzate Mesa cédula identidad 24.640.117-9, Marlén Bozán Ramos Nº 1500 casa 30 Buin, cedente y por otra parte, Daniel Felipe Bustamante Alzate cédula de identidad 28.029.517-5, Alvarez de Toledo N°764 dpto 810 San Miguel, cesionario. Cesión de derechos y transformación sociedad CLAUDIA DURLEY ALZATE MESA CLINICA DENTAL DASERVA E.I.R.L. en CLINICA DENTAL DASERVA SpA. Estipulaciones: Claudia Durley Alzate Mesa cede a Daniel Felipe Bustamante Alzate, la totalidad de su interés en la sociedad, pacto cesión $4.000.000. Nueva estructura societaria: Daniel Felipe Bustamante Alzate único socio. Cedente deja de pertenecer a la sociedad otorgando completo y amplio finiquito. Único socio transforma la sociedad Claudia Durley Alzate Mesa Clínica Dental Daserva E.I.R.L. en Clínica Dental Daserva SpA. La administración, representación, uso de la razón social, corresponderá sin limitaciones al socio Daniel Felipe Bustamante Alzate. Su objeto social será la prestación de servicios en el rubro odontológico, cirugía dental y otras prestaciones vinculadas directa o indirectamente con el ramo, pudiendo extenderse al arrendamiento y subarrendamiento de instalaciones o centros odontológicos en carácter de arrendador o arrendatario. Pudiendo ejercer además la comercialización de elementos necesarios para el ejercicio de la profesión odontológica. Su capital social, suscrito y pagado es $4.000.000 y su duración será de cinco años prorrogables en forma, plazo y condiciones establecidas en escritura de constitución. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 05 Junio 2023.