ASESORÍAS E INVERSIONES BENEFITS SpA
Instrumento
- Fecha
- 16 de diciembre de 2022
- Repertorio
- 72091-2022
- Notario
- MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $12.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Miraflores N° 178, quinto piso, comuna de Santiago, rectifica extracto de escritura pública de la sociedad “ASESORÍAS E INVERSIONES BENEFITS SpA” otorgada ante mí, con fecha 16 de diciembre de 2022, bajo repertorio N°72.091-2022, inscrito a fojas 3.835 número 1.683 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2023, y publicado en el Diario Oficial de la República de Chile de fecha 12 de enero de 2023, sustituyendo los números /Uno/ y /Dos/ de dicho extracto, por los siguientes: “/Uno/ Aumentar el capital de la Sociedad desde la suma de $12.000.-, dividido en 120.000.- acciones nominativas, sin valor nominal, de una misma y única serie, y de igual valor cada una, a la cantidad de $1.968.742.000-, dividido en 19.687.420.000.- acciones nominativas, sin valor nominal, de una misma y única serie, y de igual valor cada una, lo que implica un aumento de capital de la Sociedad en $1.968.730.000, el que se efectuará mediante la emisión de 19.687.300.000 acciones de pago ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una misma y única serie, y de igual valor cada una.” “/Dos/ Modificar los estatutos sociales, sustituyendo los Artículos Cinco permanente y Primero Transitorio por los siguientes: “Cinco. Capital: El capital de la sociedad es la suma de mil novecientos sesenta y ocho millones setecientos cuarenta y dos mil pesos dividido en diecinueve mil seiscientas ochenta y siete millones cuatrocientas veinte mil acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una misma y única serie, y de igual valor cada una, todas suscritas y pagadas de la manera señalada en el artículo primero transitorio. En los casos de aumento de capital, el valor de las acciones podrá pagarse en dinero efectivo o con otros bienes no consistentes en dinero, debiendo la junta de accionistas en este último caso aprobar dichos aportes y sus valorizaciones, pudiendo omitirse, sin embargo, la estimación de peritos y la aprobación de dichos aportes y estimaciones por la Junta de Accionistas que ordena el artículo quince de la Ley de Sociedades Anónimas, según los accionistas así lo acuerden.” “Artículo Primero Transitorio. Capital: El capital de la sociedad es la suma de mil novecientos sesenta y ocho millones setecientos cuarenta y dos mil pesos dividido en diecinueve mil seiscientas ochenta y siete millones cuatrocientas veinte mil acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una misma y única serie, y de igual valor cada una, todas suscritas y pagadas por los accionistas de la siguiente manera: /a/ ASESORÍAS E INVERSIONES RONOPAO SpA suscribe dieciséis mil trescientos sesenta millones de acciones, equivalentes a mil seiscientos treinta y seis millones de pesos que pagó con anterioridad a esta fecha; /b/ ASESORÍAS E INVERSIONES LOS ROQUES LIMITADA suscribe mil ciento nueve millones ciento cuarenta mil acciones, equivalentes a ciento diez millones novecientos catorce mil pesos que pagó con anterioridad a esta fecha; c) ASESORÍAS E INVERSIONES LOS NOGALES LIMITADA suscribe mil ciento nueve millones ciento cuarenta mil acciones, equivalentes a ciento diez millones novecientos catorce mil pesos que pagó con anterioridad a esta fecha; y, d) ASESORÍAS E INVERSIONES ACAMPAO LIMITADA suscribe mil ciento nueve millones ciento cuarenta mil acciones, equivalentes a ciento diez millones novecientos catorce mil pesos que pagó con anterioridad a esta fecha.”. Santiago, 06 de junio de 2023.