Sociedad Torres y Valderrama Limitada
Instrumento
Sin información de instrumento parseada en esta publicación.
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEn la Ciudad de Lautaro, a treinta y uno de mayo del año dos mil veintitrés, certifico: Por escritura pública, otorgada ante mí, con fecha treinta y uno de Mayo de dos mil veintitrés, Repertorio setecientos cuarenta; Don DOMINGO ARTURO TORRES BUSTOS, chileno, contador auditor, casado y separado totalmente de bienes, cédula de identidad número cuatro millones quinientos noventa y nueve mil trescientos cincuenta y cuatro guión K, doña MÁRIA CRISTINA DEL ROSARIO VALDERRAMA QUEZADA, chilena, empresaria, casada y separada totalmente de bienes, cédula de identidad número cinco millones cuatrocientos ochenta y cinco mil ochocientos ochenta y cuatro guión uno, doña CRISTINA ANDREA TORRES VALDERRAMA, chilena, ingeniera en administración de empresas, divorciada y separada totalmente de bienes, cédula de identidad número doce millones novecientos veintisiete mil cuatrocientos ochenta y dos guión cuatro, don FRANCISCO ARTURO TORRES VALDERRAMA, chileno, Abogado, casado y separado totalmente de bienes, cédula de identidad número doce millones cincuenta y nueve mil cuatrocientos noventa y tres guión uno y doña CLARA ANTONIA MARIANELLA ODETTE TORRES VALDERRAMA, chilena, ingeniera comercial, casada y separada totalmente de bienes, cédula de identidad número quince millones novecientos sesenta y nueve mil novecientos diecinueve guión seis, para estos efectos todos domiciliados en José Miguel Carrera número trescientos cuarenta de la comuna y ciudad de Lautaro, todos los comparecientes mayores de edad quienes acreditaron su nacionalidad e identidad con sus respectivas cédulas citadas y exponen, constituyeron la sociedad comercial "SOCIEDAD TORRES Y VALDERRAMA LIMITADA" y el nombre de fantasía es "TOVAL LTDA.", Rol Único Tributario número setenta y nueve millones seiscientos seis mil quinientos guion uno. ; Modificación: Por el presente instrumento los comparecientes vienen a modificar la sociedad antes aludida en los siguientes términos: A) CESION DE DERECHOS SOCIALES: El socio don DOMINGO ARTURO TORRES BUSTOS, titular de un dos coma veinticinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales en la sociedad "SOCIEDAD TORRES Y VALDERRAMA LIMITADA", viene en vender, ceder y transferir el dos coma veinticinco por ciento de sus derechos sociales, a don FRANCISCO ARTURO TORRES VALDERRAMA, quien los compra, acepta y adquiere para sí, pagando el cesionario al cedente, a modo de precio, la suma de ocho millones de pesos, en este acto en dinero en efectivo que declara recibir a su total conformidad. La socia doña MARIA CRISTINA DEL ROSARIO VALDERRAMA QUEZADA, es titular de un dos coma veinticinco por ciento, de la totalidad de los derechos sociales en la sociedad "SOCIEDAD TORRES Y VALDERRAMA LIMITADA", viene en vender, ceder y transferir el dos coma veinticinco por ciento de sus derechos sociales, a doña CRISTINA ANDREA TORRES VALDERRAMA, quien los compra, acepta y adquiere para sí, pagando el cesionario al cedente, a modo de precio, la suma de ocho millones de pesos, en este acto en dinero en efectivo que declara recibir a su total conformidad. Como consecuencia de las cesiones de derechos que da cuenta lo manifestado precedentemente quedan como únicos socios de la "SOCIEDAD TORRES Y VALDERRAMA LIMITADA", doña CRISTINA ANDREA TORRES VALDERRAMA, con una participación del cuarenta y nueve coma noventa y cinco por ciento del capital social, don FRANCISCO ARTURO TORRES VALDERRAMA, con un veintiséis coma quince por ciento del capital social y doña CLARA ANTONIA MARIANELLA ODETTE TORRES VALDERRAMA, con un veintitrés coma nueve por ciento del capital social, B) En este acto la socia doña CLARA ANTONIA MARIANELLA ODETTE TORRES VALDERRAMA también acepta y da su consentimiento en esta modificación social. En lo no modificado por el presente instrumento, sigue vigente en todas sus partes, el pacto social primitivo, que los comparecientes declaran conocer, aceptar y ratificar en su integridad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Lautaro, 05 Junio del año dos mil veintitrés. DOY FE.-