CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE PROFESIONALES FTC ASESORÍAS LIMITADA

RUT 11255879-9 CVE 2327063
Capital
$400.000 CLP
Fecha instrumento
22 de mayo de 2023
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
22 de mayo de 2023
Repertorio
17220-2023
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
Trigésima Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$400.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
será de 5 años a contar de esta fecha. La vigencia de la Sociedad se prorrogará tácita y sucesivamente por períodos de 5 años, salvo que alguno de los socios de aviso de su intención de ponerle término mediante declaración que efectuará por escritura pública debidamente anotada al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de 3 meses al vencimiento del período inicial o la prórroga correspondiente

Objeto social

) La prestación de servicios y asesorías profesionales de carácter financieras, tributarias, contables, a todo tipo de negocios o empresas, a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras; a través de sus socios, asociados y)o colaboradores, los cuales ejercen profesiones idénticas, similares, afines o complementarias; y ii) Constituir o participar en otras sociedades de profesionales

Administración

La administración de la sociedad y el uso de la razón social, corresponderá a doña Marlene Paola Tapia Castro y a don Paulo Enrique Cerpa Farías, separada e indistintamente, amplias facultades en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en calle La Concepción Nº 65, piso 2, comuna de Providencia, Santiago, certifico que por escritura, pública de fecha 22 de mayo de 2023, Repertorio 17.220-2023, ante mí, MARLENE PAOLA TAPIA CASTRO, chilena, contador auditor, cédula nacional de identidad número 11.255.879-9, domiciliada en Hipódromo Chile 1876, depto. 803, comuna de Independencia, Región Metropolitana y PAULO ENRIQUE CERPA FARÍAS, chileno, ingeniero civil, cédula nacional de identidad número 18.176.589-5, domiciliado en calle Martín de Zamora, número 3621, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, con los siguientes estatutos: Razón social: “SOCIEDAD DE PROFESIONALES FTC ASESORÍAS LIMITADA” pudiendo usar como nombre fantasía “PROFESIONALES FTC LIMITADA”. Objeto: ) La prestación de servicios y asesorías profesionales de carácter financieras, tributarias, contables, a todo tipo de negocios o empresas, a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras; a través de sus socios, asociados y/o colaboradores, los cuales ejercen profesiones idénticas, similares, afines o complementarias; y ii) Constituir o participar en otras sociedades de profesionales. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social, corresponderá a doña Marlene Paola Tapia Castro y a don Paulo Enrique Cerpa Farías, separada e indistintamente, amplias facultades en escritura extractada. Capital: $800.000 que los socios aportan en este acto, íntegramente, en dinero efectivo, en la siguiente forma y proporción: Uno.- Marlene Paola Tapia Castro, aporta la cantidad de $400.000, equivalente al 50% del capital social, los que se pagan en este acto, al contado y en dinero en efectivo, ingresando a las arcas sociales; y don Paulo Enrique Cerpa Farías, aporta la suma de $400.000, equivalente al 50% del capital social, los que se pagan en este acto, al contado y en dinero en efectivo, ingresando a las arcas sociales. Duración: será de 5 años a contar de esta fecha. La vigencia de la Sociedad se prorrogará tácita y sucesivamente por períodos de 5 años, salvo que alguno de los socios de aviso de su intención de ponerle término mediante declaración que efectuará por escritura pública debidamente anotada al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de 3 meses al vencimiento del período inicial o la prórroga correspondiente. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias, oficinas o sucursales que se acuerde establecer en otros puntos del país o en el extranjero. Responsabilidad socios: Limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 30 de Mayo de 2023.