IMPORTADORA Y EXPORTADORA LAS DOS BICICLETAS SpA
Instrumento
- Fecha
- 16 de mayo de 2023
- Notario
- MARÍA VERÓNICA FERNÁNDEZ ÁLVAREZ
- Oficio
- Titular de la 17º Notaria Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) La importación, exportación, comercialización y distribución de todo tipo de bienes corporales muebles, sean estos nuevos o usados, mercaderías manufacturadas, ropa, artículos de decoración, mobiliario de casa, de oficina, en especial, aquellos relacionados con bicicletas, etcétera.- b) Asimismo sus partes y piezas, o accesorios de los mismos, pudiendo participar en la elaboración, transformación, manufactura, compraventa y representación, nacional y extranjera, de todo tipo de bienes corporales muebles, así como de cualquier clase de artículos, mercaderías, productos, equipos, materias primas, así como todo tipo de accesorios e insumos. c) Administrar las inversiones y percibir sus frutos; pudiendo adquirirlos, enajenarlos, arrendarlos, cederlos, administrarlos o explotarlos a cualquier título o forma; d) Adquirir, comprar, vender, enajenar, arrendar, comercializar y distribuir todo tipo de bienes corporales muebles, en especial, vehículos motorizados y sus partes o piezas, propias de su
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA VERÓNICA FERNÁNDEZ ÁLVAREZ, Abogado, Notario Público Suplente de la Titular de la 17º Notaria Santiago, doña MARÍA ANGÉLICA GALÁN BÄUERLE, con oficio en Ahumada 236, 3º Piso, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 15 de Mayo del 2023, ante mí, Doña MONICA ROCÍO ACUÑA RODRIGUEZ, Chilena, casada y separada de bienes, factor de comercio, Cédula Nacional de Identidad y Rol Único Tributario número quince millones trescientos treinta y cuatro mil quinientos noventa y nueve guión seis, con domicilio para estos efectos en calle Ciencias siete mil setecientos diez, Comuna de la Cisterna, constituye Sociedad por Acciones denominada “IMPORTADORA Y EXPORTADORA LAS DOS BICICLETAS SpA” pudiendo actuar igualmente ante terceros, indistintamente, con el nombre de fantasía “LAS DOS BICICLETAS SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La importación, exportación, comercialización y distribución de todo tipo de bienes corporales muebles, sean estos nuevos o usados, mercaderías manufacturadas, ropa, artículos de decoración, mobiliario de casa, de oficina, en especial, aquellos relacionados con bicicletas, etcétera.- b) Asimismo sus partes y piezas, o accesorios de los mismos, pudiendo participar en la elaboración, transformación, manufactura, compraventa y representación, nacional y extranjera, de todo tipo de bienes corporales muebles, así como de cualquier clase de artículos, mercaderías, productos, equipos, materias primas, así como todo tipo de accesorios e insumos. c) Administrar las inversiones y percibir sus frutos; pudiendo adquirirlos, enajenarlos, arrendarlos, cederlos, administrarlos o explotarlos a cualquier título o forma; d) Adquirir, comprar, vender, enajenar, arrendar, comercializar y distribuir todo tipo de bienes corporales muebles, en especial, vehículos motorizados y sus partes o piezas, propias de su giro.- e) Pudiendo para tales efectos, proceder por cuenta propia o ajena, bajo régimen general aduanero o especial de Zonas Francas. f) Sin perjuicio de toda otra actividad que los socios acuerden realizar.- Domicilio: Santiago. Duración: Indefinida. Capital: $5.000.000.- dividido en DIEZ acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal. Las referidas acciones son suscritas en este acto, por don MONICA ROCÍO ACUÑA RODRIGUEZ. Dichas acciones, se pagan en este acto, al contado y en dinero efectivo. En consecuencia el capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado.- Administración y Representación de la sociedad, le corresponderá a don MONICA ROCÍO ACUÑA RODRIGUEZ, quién podrá ejercer por si sola, o bien separada e indistintamente con el administrador de la sociedad que se designe, sin perjuicio de otras personas especialmente designadas para ello por instrumento privado protocolizado o por escritura pública, con aquellas facultades que expresamente se les otorguen. El administrador tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, sin limitación alguna. Por vía ilustrativa, se deja testimonio que las facultades del administrador comprenden, entre otras, las referidas en escritura extractada.- Demás estipulaciones contrato extractado. Santiago, 16 de Mayo de 2023.-