Instrumento
- Fecha
- 5 de junio de 2023
- Repertorio
- 40710-2023
- Notario
- Francisco Javier Leiva Carvajal
- Oficio
- 2ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Objeto social
El objeto de la Sociedad, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, será: Uno) evaluar, diseñar, desarrollar, invertir en, construir, operar y mantener proyectos en la para la producción, almacenamiento, transporte y comercialización (venta) de Hidrógeno Verde y oxígeno obtenidos a partir de procesos de electrólisis llevados a cabo con generación de energía renovable propia o suministrada por terceros. Dos) evaluar, diseñar, desarrollar, invertir en, construir, operar y mantener proyectos para la producción, almacenamiento, transporte y comercialización (venta) de productos derivados del Hidrógeno Verde (como el amoniaco, combustibles sintéticos u otros), o productos y servicios resultantes de su transformación en energía eléctrica a través de celdas de combustibles o energía térmica a través de combustión. Tres) La producción, almacenamiento y transporte de energía eléctrica, venta de energía, potencia, servicios complementarios y otros. Cuatro) realizar todos los actos y contratos necesarios y conducentes para el cumplimiento de estos fines, incluyendo, pero no limitando a, la obtención de financiamiento, permisos, autorizaciones, concesiones, la compra de acciones, constitución y participación en consorcios y)o sociedades, la suscripción de pactos de accionistas, desarrollo propio y)o la compra o arrendamiento de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, que permitan el desarrollo de este negocio. Cinco) La Sociedad tendrá la facultad de realizar cualquier tipo de acto o contrato que pueda ser necesario, útil o conveniente para cumplir con todos los objetos señalados
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFrancisco Javier Leiva Carvajal, Notario Público Titular 2ª Notaría Santiago, con oficio en Alcántara N°107, Las Condes, certifico que por escritura pública, hoy ante mi, Repertorio N° 40710-2023, GNL Quintero S.A. constituyó la sociedad por acciones cuyo estatuto se extracta: RAZÓN SOCIAL: “HIDRÓGENO VERDE BAHÍA DE QUINTERO SpA”, pudiendo usar para fines bancarios y entidades privadas y fiscales el nombre fantasía de H2VBQ SpA. OBJETO: El objeto de la Sociedad, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, será: Uno) evaluar, diseñar, desarrollar, invertir en, construir, operar y mantener proyectos en la para la producción, almacenamiento, transporte y comercialización (venta) de Hidrógeno Verde y oxígeno obtenidos a partir de procesos de electrólisis llevados a cabo con generación de energía renovable propia o suministrada por terceros. Dos) evaluar, diseñar, desarrollar, invertir en, construir, operar y mantener proyectos para la producción, almacenamiento, transporte y comercialización (venta) de productos derivados del Hidrógeno Verde (como el amoniaco, combustibles sintéticos u otros), o productos y servicios resultantes de su transformación en energía eléctrica a través de celdas de combustibles o energía térmica a través de combustión. Tres) La producción, almacenamiento y transporte de energía eléctrica, venta de energía, potencia, servicios complementarios y otros. Cuatro) realizar todos los actos y contratos necesarios y conducentes para el cumplimiento de estos fines, incluyendo, pero no limitando a, la obtención de financiamiento, permisos, autorizaciones, concesiones, la compra de acciones, constitución y participación en consorcios y/o sociedades, la suscripción de pactos de accionistas, desarrollo propio y/o la compra o arrendamiento de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, que permitan el desarrollo de este negocio. Cinco) La Sociedad tendrá la facultad de realizar cualquier tipo de acto o contrato que pueda ser necesario, útil o conveniente para cumplir con todos los objetos señalados. CAPITAL: $5.000.000.- dividido en 1000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, totalmente suscritas y que se pagaran enteraran en el plazo de tres años, según se señala en el artículo primero transitorio de los estatutos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 05 de Junio de 2023.