MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES SAMPI PUENTE SpA

RUT 77029247-6 CVE 2325929
Capital
$50.000.000 CLP
Fecha instrumento
19 de mayo de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
19 de mayo de 2023
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
43ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$50.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, abogado, Notario Público, Titular 43ª Notaría de Santiago, Huérfanos N° 835, piso 18, Santiago, RM. CERTIFICO: Por escritura pública hoy ante mí: don CRISTIAN YORY ESQUIVEL TORRES, con domicilio en Villa Lican Ray Nº3575, Macul: reduce a escritura pública: ACTA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS “INVERSIONES SAMPI PUENTE SpA”, celebrada el 19 de mayo de 2023, con la asistencia de la totalidad de las acciones emitidas. ANTECEDENTES: 1) La sociedad “INVERSIONES SAMPI PUENTE SpA”, rol único tributario Nº 77.029.247-6, se constituyó por Escritura Pública de fecha 31 de mayo del año 2019, suscrita ante Notario Público ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, titular de la 36° Notaría de Santiago. Un extracto de dicha escritura se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 43.416, número 21.863 del año 2019.- El capital social es de $50.000.000.-, dividido en 50.000.- acciones, completamente suscritas y pagadas. 2) Mediante contrato privado de compraventa de acciones de fecha 19 de mayo de 2023, RICARDO BELTRAN ROZO y RODRIGO ANDRES MARTINEZ RIVERA, vendieron, cedieron y transfirieron la cantidad de 34.020- de sus acciones a CRISTIAN YORY ESQUIVEL TORRES.- MODIFICACIÓN: a) La modificación del DUODÉCIMO del ESTATUTO SOCIAL, en el siguiente sentido: La administración, representación y el uso de la razón social será ejercida por CRISTIAN YORY ESQUIVEL TORRES. El administrador de la sociedad, anteponiendo la razón social a su firma, podrá representarla y obligarla con las más amplias facultades y atribuciones, que se detallan en el mismo estatuto, las que se dan por expresamente reproducidas para todos los efectos legales.- b) En todo lo no modificado se mantiene vigente lo dispuesto en las escrituras de constitución.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 19 de Mayo de 2023.