CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

ADMINISTRADORA DE RESTAURANTES LA NONNA SpA

CVE 2326053
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
1 de junio de 2023
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
1 de junio de 2023
Repertorio
649
Notario
Álvaro Estrada Alvarado
Domicilio
Casablanca

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP
Duración
- El nombre de la sociedad será “ADMINISTRADORA DE RESTAURANTES LA NONNA SpA”, pudiendo usar para efectos bancarios, comerciales y de publicidad, indistintamente, las expresiones “LA NONNA SpA”, o “LA NONNA”, que se regirá por las estipulaciones de estos estatutos y, en silencio de ellos, por las disposiciones de la ley número 20.109, sobre Mercado de Capitales y 18.046 sobre Sociedades Anónimas, sus modificaciones y su Reglamento, supletoriamente, además por el Código de Comercio y el Código Civil. Su domicilio será la ciudad y comuna de Curacaví, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero

Objeto social

a) la explotación de establecimientos comerciales del tipo restaurante, quinta de recreo, bar, pub, cafetería, pastelería y repostería por cuenta propia o ajena; b) la compra, venta y expendio de alimentos elaborados y envasados, de bebidas alcohólicas y analcohólicas; c) organización, administración, realización y desarrollo de eventos artísticos, variedades, bailes y otros; d) explotación de franquicias de marcas y patentes, y cualquier otro negocio o actividad que los socios de común acuerdo decidieren realizar; y, e) asimismo, pactar contratos propios o ajenos, como también el desarrollo de cualquier operación comercial, ejecutar todo acto o contrato conducente al fin social, y realizar cualquier negocio, afín o no, a la actividad de explotación de restaurantes y que los socios acuerden. Todas las actividades del giro del objeto social podrá desarrollarlos por cuenta propia o ajena, y sin limitación alguna. Capital y acciones.- El capital de la sociedad es la suma de $5.000.000.-, dividido en 500 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto, y que se suscribe y paga en la forma que se señala en el Artículo Transitorio Primero de estos estatutos. La sociedad podrá en todos los casos poseer acciones de su propia emisión. Los aumentos de capital deberán quedar totalmente suscritos y pagados en el plazo de 5 años contados desde la fecha en que se hayan practicado. Será obligatorio ofrecer preferentemente a los accionistas las acciones de pago emitidas por la Sociedad. La Administración, representación y uso del nombre de la sociedad corresponderá a la socia doña Marcela Andrea Silva Torriani, con facultades señaladas en el pacto social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Álvaro Estrada Alvarado, notario público Casablanca, Constitución 376 / 378, certifico: hoy por escritura pública, 1 de junio de 2023, repertorio N°649, ante mi, Marcela Andrea Silva Torriani Isabella Angelina Foschino Silva, ambas domiciliadas en Curacaví, La Maquehua, Ruta 68, kilómetro 50 cincuenta, constituyeron una sociedad por acciones, cuya razón social es “ADMINISTRADORA DE RESTAURANTES LA NONNA SpA”, o “LA NONNA SpA”, pudiendo usar el nombre de ”LA NONNA”, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, y cuyos estatutos son los siguientes: “ESTATUTOS DE “ADMINISTRADORA DE RESTAURANTES LA NONNA SpA”. Del Nombre, Objeto, Domicilio Y Duración.- El nombre de la sociedad será “ADMINISTRADORA DE RESTAURANTES LA NONNA SpA”, pudiendo usar para efectos bancarios, comerciales y de publicidad, indistintamente, las expresiones “LA NONNA SpA”, o “LA NONNA”, que se regirá por las estipulaciones de estos estatutos y, en silencio de ellos, por las disposiciones de la ley número 20.109, sobre Mercado de Capitales y 18.046 sobre Sociedades Anónimas, sus modificaciones y su Reglamento, supletoriamente, además por el Código de Comercio y el Código Civil. Su domicilio será la ciudad y comuna de Curacaví, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Plazo: La sociedad comenzará a regir a partir de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de 5 años, prorrogable automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años, salvo acuerdo en contrario de los socios con una anticipación de a lo menos 6 meses al término del respectivo periodo. Objeto: a) la explotación de establecimientos comerciales del tipo restaurante, quinta de recreo, bar, pub, cafetería, pastelería y repostería por cuenta propia o ajena; b) la compra, venta y expendio de alimentos elaborados y envasados, de bebidas alcohólicas y analcohólicas; c) organización, administración, realización y desarrollo de eventos artísticos, variedades, bailes y otros; d) explotación de franquicias de marcas y patentes, y cualquier otro negocio o actividad que los socios de común acuerdo decidieren realizar; y, e) asimismo, pactar contratos propios o ajenos, como también el desarrollo de cualquier operación comercial, ejecutar todo acto o contrato conducente al fin social, y realizar cualquier negocio, afín o no, a la actividad de explotación de restaurantes y que los socios acuerden. Todas las actividades del giro del objeto social podrá desarrollarlos por cuenta propia o ajena, y sin limitación alguna. Capital y acciones.- El capital de la sociedad es la suma de $5.000.000.-, dividido en 500 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto, y que se suscribe y paga en la forma que se señala en el Artículo Transitorio Primero de estos estatutos. La sociedad podrá en todos los casos poseer acciones de su propia emisión. Los aumentos de capital deberán quedar totalmente suscritos y pagados en el plazo de 5 años contados desde la fecha en que se hayan practicado. Será obligatorio ofrecer preferentemente a los accionistas las acciones de pago emitidas por la Sociedad. La Administración, representación y uso del nombre de la sociedad corresponderá a la socia doña Marcela Andrea Silva Torriani, con facultades señaladas en el pacto social. Demás estipulaciones en escritura señalada. Casablanca, 1 de junio de 2023.