CONSTITUCIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS AGRICOLAS CAMILA FERNANDA DIAZ MUÑOZ E.I.R.L.

RUT 18335287-3 CVE 2325785
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
30 de mayo de 2023
Notaría
San Fernando
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
30 de mayo de 2023
Notario
ALBERTO ORTEGA JIRON
Oficio
1ra. Notaría San Fernando
Comuna
San Fernando

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP
Domicilio
Comuna de Palmilla, Sexta Región del Libertador Bernardo O´Higgins
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto o giro de la empresa será: la prestación de servicios agrícolas en estructuras de parronales, viñas y frutales, cosecha, poda, amarre y labores de adecuación de la planta u otras; trazados, limpia de canales, confección de cercos, etc.; explotación agrícola de predios rústicos propios o ajenos y la comercialización de los productos agrícolas que generen dichos predios; compra, venta y comercialización de maquinaria, vehículos, equipos, útiles, enseres, herramientas, semillas, abonos, productos químicos y demás insumos para la agricultura e industria agrícola; servicios de transporte de trabajadores, productos agrícolas, frutícola, forestal, etc., en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; arrendamiento de maquinaria agrícola; y cualquier otro negocio o actividad conexa o relacionada en la actualidad o en el futuro, con la anterior

Administración

La administración y el uso de la razón social corresponderá a la titular de la empresa doña Camila Fernanda Díaz Muñoz, con amplias facultades contenidas en escritura extractada.- Responsabilidad: La empresa responderá exclusivamente por obligaciones contraídas dentro de su giro, con todos sus bienes. La titular de la empresa responderá con su patrimonio sólo del pago efectivo del

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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ALBERTO ORTEGA JIRON, abogado, Notario Público Titular 1ra. Notaría San Fernando, con oficio calle Chillán 620, certifico: Que por escritura de fecha 30-05-2023, ante mí, CAMILA FERNANDA DIAZ MUÑOZ, chilena, soltera, factor de comercio, 30 años edad, cédula nacional de identidad número N°18.335.287-3, domiciliada en Lihueimo s, comuna Palmilla, Región del Libertador Bernardo O´Higgins, constituyó Empresa Individual de Responsabilidad Limitada. Nombre empresa. SERVICIOS AGRICOLAS CAMILA FERNANDA DIAZ MUÑOZ E.I.R.L., pudiendo actuar, incluso ante Bancos, con nombre fantasía “SERVICIOS AGRICOLAS CAMILA E.I.R.L.”. Objeto. El objeto o giro de la empresa será: la prestación de servicios agrícolas en estructuras de parronales, viñas y frutales, cosecha, poda, amarre y labores de adecuación de la planta u otras; trazados, limpia de canales, confección de cercos, etc.; explotación agrícola de predios rústicos propios o ajenos y la comercialización de los productos agrícolas que generen dichos predios; compra, venta y comercialización de maquinaria, vehículos, equipos, útiles, enseres, herramientas, semillas, abonos, productos químicos y demás insumos para la agricultura e industria agrícola; servicios de transporte de trabajadores, productos agrícolas, frutícola, forestal, etc., en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; arrendamiento de maquinaria agrícola; y cualquier otro negocio o actividad conexa o relacionada en la actualidad o en el futuro, con la anterior.- Capital. $5.000.000, que constituyente entera en este acto en arcas de la empresa en dinero en efectivo.- Domicilio: Comuna de Palmilla, Sexta Región del Libertador Bernardo O´Higgins, sin perjuicio de sucursales o agencias que establezca en resto país o extranjero.- Duración: Comenzará a regir con esta fecha y tendrá una duración indefinida.-.- Administración. La administración y el uso de la razón social corresponderá a la titular de la empresa doña Camila Fernanda Díaz Muñoz, con amplias facultades contenidas en escritura extractada.- Responsabilidad: La empresa responderá exclusivamente por obligaciones contraídas dentro de su giro, con todos sus bienes. La titular de la empresa responderá con su patrimonio sólo del pago efectivo del aporte.- Demás estipulaciones en escritura extractada. San Fernando, 02 de Junio de 2023.