FRIOSAN SpA
Instrumento
- Fecha
- 24 de mayo de 2023
- Notario
- ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 24/05/2023, REP. N°17.688 - 2023, ante mí: CALTRONICS SpA y FONDO DE INVERSIÓN PRIVADO FRIOSAN que representan a la totalidad y unanimidad de accionistas de la sociedad “FRIOSAN SpA”, sociedad inscrita a fojas 39.630 N°18.872 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2020, acordaron lo siguiente: La reforma estatuaria relativa a introducir un aumento del capital social ascendente a $2.000.000.000.- mediante la emisión de dos series de acciones preferentes: (i) 1800 acciones preferentes de la Serie A suscritas por FONDO DE INVERSIÓN PRIVADO FRIOSAN, de las cuales setecientas veinte acciones de las nuevas acciones Serie A se deberán pagar al contado y en dinero efectivo dentro de un plazo de treinta días contados desde la fecha de la extractada escritura; quinientas cuarenta acciones de las nuevas acciones Serie A se deberán pagar al contado y en dinero efectivo antes del día treinta y uno de mayo de dos mil veintitrés, y posteriormente, para la cantidad quinientas cuarenta acciones de las nuevas acciones Serie A, se deberán pagar al contado y en dinero en efectivo antes del día treinta y uno de julio de dos mil veintitrés; y (ii) 200 acciones preferentes de la Serie B por CALTRONICS SpA, de las cuales ochenta acciones de las nuevas acciones Serie B se deberán pagar al contado y en dinero efectivo dentro de un plazo de treinta días contados desde la fecha de la extractada escritura, sesenta acciones de la acciones de las nuevas acciones Serie B se deberán pagar al contado y en dinero en efectivo antes del día treinta y uno de mayo de dos mil veintitrés, y posteriormente, para la cantidad de sesenta acciones de las nuevas acciones Serie B, se deberán pagar al contado y en dinero efectivo antes del día treinta y uno de julio de dos mil veintitrés. En consecuencia, la totalidad y unanimidad de los accionistas acordaron sustituir el artículo Quinto permanente de los Estatutos por el siguiente nuevo artículo: “ARTÍCULO QUINTO: Capital y Acciones. El capital de la Sociedad es la suma de NUEVE MIL SETECIENTOS DIEZ MILLONES QUINIENTOS DIECISIETE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y DOS PESOS, dividido en dos series de acciones preferentes (i) OCHO MIL SETECIENTAS TREINTA Y NUEVE ACCIONES PREFERENTES de la Serie A que gozarán de la preferencia de derecho a pago de utilidades exclusivo hasta el monto de su aporte de capital a través de dividendos de la sociedad y de la preferencia de nombrar cuatro directores en la sociedad. (ii) NOVECIENTAS SETENTA Y UNA ACCIONES PREFERENTES de la Serie B que gozará de la preferencia de nombrar un director en la sociedad. El capital se suscribe y paga en la forma que se indica en el artículo primero transitorio de la presente escritura.” Salvo las modificaciones referidas precedentemente, los estatutos de la Sociedad quedan íntegramente vigentes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, a 30 de mayo del año 2023.-