OPTICA GSI LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 18 de marzo de 2013
- Notario
- GERARDO ANDRES CARVALLO CASTILLO
- Oficio
- Primera Notaria de Rancagua
- Comuna
- Rancagua
Sociedad
- N. fantasía
- - Por escritura pública de fecha 16 de septiembre del año 2014, suscrita ante el Notario de Rancagua don Jaime Bernales Valenzuela, se modificó la sociedad, inscribiéndose el extracto en el Registro de Comercio de Rancagua a fs. 1093 N° 896 del año 2014 y publicándose en el Diario Oficial el 24 de septiembre del año 2014.- Como consecuencia de esta modificación quedaron como únicos socios doña SANDRA XIMENA VALENZUELA REYES, con un 95% de los derechos sociales y don PEDRO PABLO IGNACIO VILCHES ESTRADA con un 5% de los derechos sociales, y la administración y el uso de la razón social correspondería exclusivamente a doña SANDRA XIMENA VALENZUELA REYES. TERCERO: Por el presente instrumento doña SANDRA XIMENA VALENZUELA REYES, poseedora del 95% de los derechos sociales, cede un 40% de los derechos sociales a don ABRAHAM ELEAZAR VILCHES VALENZUELA, en la suma de $2.000.000, que se pagan al contado, en este acto y que el cedente declara recibir a entera satisfacción y don PEDRO PABLO IGNACIO VILCHES ESTRADA, poseedor del 5% de los derechos sociales, cede la totalidad de sus derechos equivalentes al 5% del capital social a don ABRAHAM ELEAZAR VILCHES VALENZUELA, en la suma de $250.000, que se pagan al contado, en este acto y que el cedente declara recibir a entera satisfacción. Como consecuencia de esto, doña SANDRA XIMENA VALENZUELA REYES queda con un 55% de los derechos sociales y don ABRAHAM ELEAZAR VILCHES VALENZUELA queda con un 45% de los derechos sociales. No se modifica la administración y el uso de la razón social, que continuará ejerciéndola doña SANDRA XIMENA VALENZUELA REYES.-. En todo lo demás se mantiene vigente pacto social y modificaciones
- Capital
- $3.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGERARDO ANDRES CARVALLO CASTILLO, Notario Público Titular de la Primera Notaria de Rancagua, San Martín 427, Rancagua, certifica: Por escritura hoy ante mí, Doña SANDRA XIMENA VALENZUELA REYES, domiciliada en calle Lautaro 1332, población Santa Julia, Rancagua; don PEDRO PABLO IGNACIO VILCHES ESTRADA, domiciliado en calle Lautaro 1332 población Santa Julia, Rancagua; y don ABRAHAM ELEAZAR VILCHES VALENZUELA, domiciliado en Pasaje Nahuen 1317, Barrios Los Pinares, Rancagua. Por escritura pública de fecha 18 de marzo de 2013, suscrita en la notaria de Rancagua de don Jaime Bernales Valenzuela don RICHARD ANDRES OSSES GAETE y don GERARDO ANTONIO ALVAREZ RIOS constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, razón social “SOCIEDAD OPTICA ALVAREZ Y OSSES LIMITADA”, nombre de fantasía VEOOPTICA CHILE 2 LTDA, Rut 76.272.666-1, capital $3.000.000, cuyo extracto se inscribió a fojas 705 número 504 del Registro de Comercio de Rancagua, correspondiente al año 2013 y publicado en el Diario Oficial con fecha 28 de marzo de 2013.- Por escritura pública de fecha 27 de agosto del año 2014, suscrita ante el Notario de Rancagua don Jaime Bernales Valenzuela, se modificó la sociedad, inscribiéndose el extracto en el Registro de Comercio de Rancagua a fs. 1038 N° 850 del año 2014 y publicándose en el Diario Oficial el 3 de septiembre del año 2014.- Como consecuencia de esta modificación quedaron como únicos socios don GERARDO ANTONIO ALVAREZ RIOS y doña SANDRA XIMENA VALENZUELA REYES, con un 50% de los derechos sociales cada uno, y la administración y el uso de la razón social correspondería conjuntamente a ambos socios; modificándose la razón social que quedó como “OPTICA GSI LIMITADA” eliminándose el nombre de fantasía.- Por escritura pública de fecha 16 de septiembre del año 2014, suscrita ante el Notario de Rancagua don Jaime Bernales Valenzuela, se modificó la sociedad, inscribiéndose el extracto en el Registro de Comercio de Rancagua a fs. 1093 N° 896 del año 2014 y publicándose en el Diario Oficial el 24 de septiembre del año 2014.- Como consecuencia de esta modificación quedaron como únicos socios doña SANDRA XIMENA VALENZUELA REYES, con un 95% de los derechos sociales y don PEDRO PABLO IGNACIO VILCHES ESTRADA con un 5% de los derechos sociales, y la administración y el uso de la razón social correspondería exclusivamente a doña SANDRA XIMENA VALENZUELA REYES. TERCERO: Por el presente instrumento doña SANDRA XIMENA VALENZUELA REYES, poseedora del 95% de los derechos sociales, cede un 40% de los derechos sociales a don ABRAHAM ELEAZAR VILCHES VALENZUELA, en la suma de $2.000.000, que se pagan al contado, en este acto y que el cedente declara recibir a entera satisfacción y don PEDRO PABLO IGNACIO VILCHES ESTRADA, poseedor del 5% de los derechos sociales, cede la totalidad de sus derechos equivalentes al 5% del capital social a don ABRAHAM ELEAZAR VILCHES VALENZUELA, en la suma de $250.000, que se pagan al contado, en este acto y que el cedente declara recibir a entera satisfacción. Como consecuencia de esto, doña SANDRA XIMENA VALENZUELA REYES queda con un 55% de los derechos sociales y don ABRAHAM ELEAZAR VILCHES VALENZUELA queda con un 45% de los derechos sociales. No se modifica la administración y el uso de la razón social, que continuará ejerciéndola doña SANDRA XIMENA VALENZUELA REYES.-. En todo lo demás se mantiene vigente pacto social y modificaciones. Demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 24 de mayo de 2023.