Instrumento
- Fecha
- 31 de mayo de 2023
- Notario
- ENRIQUE PEDRO ORTIZ SCHINDLER
- Domicilio
- Talca
Sociedad
- Capital
- $26.000.000 CLP
- Domicilio
- Talca
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) la instalación y explotación de todo tipo de establecimientos comerciales, tiendas, almacenes y supermercados, destinados al comercio minorista de toda clase de productos y servicios, entre ellos: ropa de vestir, incluyendo materias primas, tejidos, ropa hecha y confecciones, adornos y complementos; toda clase de artículos o productos de ferretería, menaje de casa o equipos para el hogar, artículos eléctricos o electrónicos, tales como radios, televisores, computadores, cocinas, lavadoras y otros electrodomésticos de naturaleza similar, y en general, toda clase de productos y servicios susceptibles de comercialización minorista en grandes tiendas, almacenes y supermercados; b) la comercialización, compra y venta, arrendamiento, permuta, remate, y en general, la enajenación en cualquier forma de toda clase herramientas, utensilios, máquinas, maquinarias y equipos industriales, semi industriales, manuales o de cualquier naturaleza y vehículos motorizados destinados a la industria, la construcción y)o el comercio, como asimismo, de sus accesorios, complementos y repuestos, ya sea al por mayor y al detalle, importación, exportación, distribución, comercialización, consignación, intermediación y fabricación, incluyendo instalación, reparación, manutención, manufactura y transformación de los mismos, la representación de empresas extranjeras o nacionales dedicadas al giro social; c) El arrendamiento, arrendamiento con opción de compra, permuta, remate, reparación, manutención de maquinarias y de todo tipo de vehículos motorizados existentes en la actualidad y los que existan en el futuro; y d) Compraventa, importación, y comercialización en general de los productos mencionados y otros relacionados; y todo lo atinente, de cualquiera manera, con lo ya indicado y que acuerden los
Administración
En todo caso la administración será ejercida por dos administradores: MANUEL ALEJANDRO NUÑEZ BRAVO, CNI N° 13.304.967-3; y ALICIA ANDREA TRONCOSO TIRAPEGUI, CNI N° 13.505.621-9, ambos quienes actuando conjunta o separadamente representarán judicial y extrajudicialmente a la sociedad, y estarán investidos de todas las facultades de administración y disposición que la Ley o el artículo 15º que los Estatutos le otorgan
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| MANUEL ALEJANDRO NUÑEZ BRAVO | socio | 13304967-3 | — | — | |
| ALICIA ANDREA TRONCOSO TIRAPEGUI | socio | 13505621-9 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalENRIQUE PEDRO ORTIZ SCHINDLER, Notario Público Titular de Talca, con oficio en 1 Sur Nº898, Talca, certifico: por escritura pública de hoy, ante mí, comparece: MANUEL ALEJANDRO NUÑEZ BRAVO, Ingeniero en prevención de riesgos, CNI N° 13.304.967-3; y ALICIA ANDREA TRONCOSO TIRAPEGUI, Ingeniero comercial, CNI N° 13.505.621-9, ambos domiciliados en calle 6 Norte N° 5.458, Talca; vienen en constituir sociedad por acciones: Razón social: “ECOHOMY SpA”.- Domicilio: Talca.- Duración: Indefinida.- Objeto: El objeto de la sociedad será: a) la instalación y explotación de todo tipo de establecimientos comerciales, tiendas, almacenes y supermercados, destinados al comercio minorista de toda clase de productos y servicios, entre ellos: ropa de vestir, incluyendo materias primas, tejidos, ropa hecha y confecciones, adornos y complementos; toda clase de artículos o productos de ferretería, menaje de casa o equipos para el hogar, artículos eléctricos o electrónicos, tales como radios, televisores, computadores, cocinas, lavadoras y otros electrodomésticos de naturaleza similar, y en general, toda clase de productos y servicios susceptibles de comercialización minorista en grandes tiendas, almacenes y supermercados; b) la comercialización, compra y venta, arrendamiento, permuta, remate, y en general, la enajenación en cualquier forma de toda clase herramientas, utensilios, máquinas, maquinarias y equipos industriales, semi industriales, manuales o de cualquier naturaleza y vehículos motorizados destinados a la industria, la construcción y/o el comercio, como asimismo, de sus accesorios, complementos y repuestos, ya sea al por mayor y al detalle, importación, exportación, distribución, comercialización, consignación, intermediación y fabricación, incluyendo instalación, reparación, manutención, manufactura y transformación de los mismos, la representación de empresas extranjeras o nacionales dedicadas al giro social; c) El arrendamiento, arrendamiento con opción de compra, permuta, remate, reparación, manutención de maquinarias y de todo tipo de vehículos motorizados existentes en la actualidad y los que existan en el futuro; y d) Compraventa, importación, y comercialización en general de los productos mencionados y otros relacionados; y todo lo atinente, de cualquiera manera, con lo ya indicado y que acuerden los accionistas.- Capital: $26.000.000.-, dividido en 26.000.0000 de acciones preferidas, nominativas, sin valor nominal, de igual valor, que se encuentran divididas en 2 series de acciones: 13.000.000 acciones Serie A y 13.000.000 acciones Serie B, que se suscriben y pagan de la siguiente forma: A) MANUEL ALEJANDRO NUÑEZ BRAVO suscribe 13.000.000 de acciones Serie A, equivalentes a la suma de $13.000.000-, que paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo, ingresando en consecuencia a la caja social; y B) ALICIA ANDREA TRONCOSO TIRAPEGUI, suscribe 13.000.000 de acciones Serie B, equivalentes a la suma de $13.000.000.-, que paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo, ingresando en consecuencia a la caja social.- Administración: En todo caso la administración será ejercida por dos administradores: MANUEL ALEJANDRO NUÑEZ BRAVO, CNI N° 13.304.967-3; y ALICIA ANDREA TRONCOSO TIRAPEGUI, CNI N° 13.505.621-9, ambos quienes actuando conjunta o separadamente representarán judicial y extrajudicialmente a la sociedad, y estarán investidos de todas las facultades de administración y disposición que la Ley o el artículo 15º que los Estatutos le otorgan.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Talca, 31 de mayo de 2023.-