Instrumento
- Fecha
- 12 de mayo de 2023
- Repertorio
- 2389
- Notario
- R. ALFREDO MARTIN ILLANES
- Oficio
- 15ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $600.000 CLP
- Domicilio
- Providencia, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto, por cuenta propia o ajena, venta, confección y distribución de productos de vestir. Asimismo, constituirán objeto de la sociedad todos los actos, negocios y actividades que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social y)o acuerden sus
Administración
La administración y representación de la sociedad será ejercida por don PEDRO PABLO CALLEJAS TORRES, a quien corresponderá la representación judicial de la sociedad, estando legalmente investido de las facultades establecidas en ambos incisos del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil y, por apoderados especialmente nombrados al efecto, todos los cuales serán asignados por la Junta de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalR. ALFREDO MARTIN ILLANES, abogado, Notario Público Titular de la 15ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Mardoqueo Fernández N° 201, locales 101 y 102, Providencia, certifica: por escritura de fecha 12 de mayo de 2023, otorgada ante mí, Repertorio Nº 2389 – 2023, don VICENTE ANDRÉ LOYOLA MEJÍAS, domiciliado en Guayacán Nº 1305, comuna de San Bernardo, Región Metropolitana y de paso en ésta, doña CONSTANZA ANDREA BROWN ARANEDA, domiciliada en Avenida El Bosque Nº 1285, comuna de Providencia, Región Metropolitana y don PEDRO PABLO CALLEJAS TORRES, domiciliado en Sebastián Elcano Nº 482, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad por acciones conforme a extracto: Razón social: KYOMU SpA, pudiendo usar el nombre de fantasía de KYOMU.- Administración y uso de la razón social: La administración y representación de la sociedad será ejercida por don PEDRO PABLO CALLEJAS TORRES, a quien corresponderá la representación judicial de la sociedad, estando legalmente investido de las facultades establecidas en ambos incisos del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil y, por apoderados especialmente nombrados al efecto, todos los cuales serán asignados por la Junta de Accionistas. En un artículo transitorio que para ningún efecto puede ser considerado como parte de estos estatutos, se designará al primer Gerente General y a Apoderados de la sociedad, los cuales tendrán las facultades, poderes y limitaciones que se indicarán en dicho apartado. Capital: $600.000, divididos en 600 acciones nominativas de igual valor y sin valor nominal el que se aportó y pagó de la siguiente forma: a) Don VICENTE ANDRÉ LOYOLA MEJÍAS suscribe entera y paga 200 acciones, equivalentes a la suma total de $200.000; b) Doña CONSTANZA ANDREA BROWN ARANEDA suscribe entera y paga 200 acciones, equivalentes a la suma total de $200.000; y c) Don PEDRO PABLO CALLEJAS TORRES suscribe entera y paga 200 acciones, equivalentes a la suma total de $200.000, por lo que el capital social suscrito y pagado asciende a la suma de $600.000, equivalente a 600 acciones, sin existir acciones por enterar.- Objeto: La sociedad tendrá por objeto, por cuenta propia o ajena, venta, confección y distribución de productos de vestir. Asimismo, constituirán objeto de la sociedad todos los actos, negocios y actividades que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social y/o acuerden sus socios. Duración: Indefinida. Domicilio: Providencia, Región Metropolitana. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 17 de mayo de 2023.