INVERSIONES KETE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 15 de mayo de 2023
- Repertorio
- 19999-2023
- Notario
- MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $634.020.815 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogado, Notario Público Titular de la 38ª Notaría de Santiago, con oficio en Miraflores Nº178, piso 5, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifico: por escritura pública de fecha 15 de mayo de 2023, repertorio N° 19.999-2023, ante mí: Carlos Francisco Valdivieso Valdés, Solange Birke Pfister, Carlos Francisco Valdivieso Birke, Juan Ignacio Valdivieso Birke, María Fernanda Valdivieso Birke, María Josefina Valdivieso Birke, Javiera Valdivieso Birke, Roberto Valdivieso Birke, Antonia Valdivieso Birke y la Fundación de beneficencia pública, cultural y educacional Kete; todos domiciliados para estos efectos en Pasaje de La Cosecha Nº3297 comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, modificaron la sociedad INVERSIONES KETE LIMITADA, inscrita a fojas 59.943, número 28.543 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2020, en adelante la “Sociedad”, en el siguiente sentido: Uno. /a/ Carlos Francisco Valdivieso Valdés, cede y transfiere a la Fundación de beneficencia pública, cultural y educacional Kete un 69,355% de los derechos sociales de la Sociedad; /b/ Solange Birke Pfister, cede y transfiere a la Fundación de beneficencia pública, cultural y educacional Kete un 22,746% de los derechos sociales de la Sociedad; c) Carlos Francisco Valdivieso Birke, cede y transfiere a la Fundación de beneficencia pública, cultural y educacional Kete un 1,127% de los derechos sociales de la Sociedad; d) Juan Ignacio Valdivieso Birke, cede y transfiere a la Fundación de beneficencia pública, cultural y educacional Kete un 1,127% de los derechos sociales de la Sociedad; /e/ María Fernanda Valdivieso Birke, cede y transfiere a la Fundación de beneficencia pública, cultural y educacional Kete un 1,127% de los derechos sociales de la Sociedad; /f/ María Josefina Valdivieso Birke, cede y transfiere a la Fundación de beneficencia pública, cultural y educacional Kete un 1,127% de los derechos sociales de la Sociedad; /g/ Javiera Valdivieso Birke, cede y transfiere a la Fundación de beneficencia pública, cultural y educacional Kete un 1,127% de los derechos sociales de la Sociedad; /h/ Roberto Valdivieso Birke, cede y transfiere a la Fundación de beneficencia pública, cultural y educacional Kete un 1,127% de los derechos sociales de la Sociedad; e, i) Antonia Valdivieso Birke, cede y transfiere a la Fundación de beneficencia pública, cultural y educacional Kete un 1,127% de los derechos sociales de la Sociedad. Todo lo anterior en cumplimiento del aporte fundacional al que se comprometieron en la constitución de la Fundación de beneficencia pública, cultural y educacional Kete, efectuada por escritura pública de fecha 24 de noviembre de 2022, repertorio N° 60.700-2022, otorgada ante mí. Dos. Se dejó constancia del retiro de Solange Birke Pfister, Carlos Francisco Valdivieso Birke, Juan Ignacio Valdivieso Birke, María Fernanda Valdivieso Birke, María Josefina Valdivieso Birke, Javiera Valdivieso Birke, Roberto Valdivieso Birke, Antonia Valdivieso Birke como socios de la Sociedad, y de la incorporación de la Fundación de beneficencia pública, cultural y educacional Kete como nueva socia de la misma. Tres. Se reemplazó el Artículo Sexto de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: “Artículo Sexto: El capital social es la suma de 634.020.815 pesos, que los socios han aportado y enterado en la siguiente proporción: /a/ Carlos Francisco Valdivieso Valdés, ha aportado y pagado en dinero efectivo la suma de $63.402, equivalentes aproximadamente a un 0,01% del capital e interés social; y /b/ Fundación de beneficencia pública, cultural y educacional Kete, ha aportado y pagado en dinero efectivo la suma de $633.957.413, equivalentes aproximadamente a un 99,99% del capital e interés social.”. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago 30 de mayo de 2023.