INMOBILIARIA NATANIEL SpA
Instrumento
- Fecha
- 22 de mayo de 2023
- Notario
- ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS
- Oficio
- 42ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $17.500 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Notario Público Titular de la 42ª Notaría de Santiago, Agustinas Nº1.070, piso 2, Santiago, certifico: En Junta Extraordinaria de Accionistas de INMOBILIARIA NATANIEL SpA celebrada, ante mí suplente, con fecha 09 marzo 2023, reducida a escritura pública con fecha 22 mayo 2023, rep. 16.758 - 2023, se MODIFICÓ la mencionada sociedad inscrita a fojas 54.606 Nº 26.998 año 2019 Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Santiago, en el siguiente sentido: 1) Se elimina series de acciones, pasando actuales 300 acciones serie A, y 700 acciones serie B a 1.000 acciones ordinarias. 2) Aumentar el capital de 1.000.000 dividido en 1.000 acciones todas nominativas, unitarias, de una misma serie y sin valor nominal, a la suma de $17.500.000 sin emitir acciones de pago, mediante la revalorización del mismo mediante la capitalización parcial de saldos en cuenta corriente contra actual accionista. 3) Aumentar el capital revalorizado de $17.500.000 dividido en 1.000 acciones, a la suma de $175.000.000 dividido en 10.000 acciones todas nominativas, unitarias, de una misma serie y sin valor nominal, vale decir, en la suma de $157.500.000, mediante la emisión de 9.000 acciones de pago, las que deberán suscribirse y pagarse dentro de 5 años a contar de la junta. 4) Se acuerda modificar los artículos Quinto permanente y Primero Transitorio de los estatutos sociales quedando del tenor siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad es la suma de 175.000.000 pesos, dividido en 10.000 acciones todas nominativas, unitarias, de una misma serie y sin valor nominal. El capital se suscribe y paga en la forma indicada en el artículo Primero Transitorio de los presentes estatutos. El capital de la sociedad y sus sucesivos aumentos podrá pagarse tanto en dinero efectivo, como mediante la cesión y aporte en dominio de toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, o derechos en éstos, así como también por valores mobiliarios, nacionales o extranjeros, y demás cosas corporales e incorporales, dentro del plazo máximo de cinco años a contar de la fecha de constitución o el acuerdo respectivo. Si el capital no fuere íntegramente pagado dentro del plazo indicado, éste se verá reducido de pleno derecho a la cantidad efectivamente pagada.” “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad establecido en el artículo quinto permanente de los estatutos y que asciende a la suma de 175.000.000 pesos, dividido en 10.000 acciones todas nominativas, unitarias, de una misma serie y sin valor nominal, se suscribió y suscribirá, pagó y pagará de la siguiente forma: a) con la suma de un millón de pesos, equivalente a mil acciones, suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; b) con la suma de 16.500.000 pesos, equivalente a la capitalización parcial de saldos en cuenta corriente que se mantenían con el único accionista, sin emisión de acciones de pago; y c) con la suma de 157.500.000 pesos, equivalente a 9.000 acciones todas nominativas, unitarias, de una misma serie y sin valor nominal, las que se suscribirán y pagarán dentro del plazo de cinco años contados desde la junta de fecha 9 de marzo de 2023.” Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 29 mayo 2023.