GEHA CONSULTORES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 16 de mayo de 2023
- Notario
- MIGUEL CHACON ZEBALLOS
- Oficio
- tercera Notaria de Rancagua
- Comuna
- Rancagua
Sociedad
- Capital
- $1.200.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMIGUEL CHACON ZEBALLOS, Abogado, Notario Público interino de la tercera Notaria de Rancagua, con oficio en calle Campos número trescientos setenta y siete, certifico que por escritura pública de fecha 16 de Mayo de 2023 ante mí, don Hernán Eduardo Cáceres Medina, chileno, casado, Ingeniero, cédula de identidad número once millones trescientos sesenta y seis mil trescientos sesenta y ocho guion cinco, con domicilio en Pasaje Magdalena Mira número mil doscientos nueve, Villa El Sol comuna Rancagua, Doña Gemma Solange Tapia Reyes, chilena, soltera, Licenciada en Comunicación Social, cédula de identidad número doce millones seiscientos setenta mil doscientos cincuenta y ocho guion dos, con domicilio en San Ignacio de Loyola número cuatrocientos veinticinco departamento trescientos doce, de la comuna Santiago, y, Doña Marcela Alejandra Mansilla Mansilla, chilena, soltera, Socióloga, cédula de identidad número dieciséis millones cuatrocientos cincuenta y tres mil treinta guion dos, con domicilio en calle Conventry número setecientos cuarenta y cuatro, de la comuna de Ñuñoa, todos mayores, constituyen una Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada. Razón Social: “GEHA CONSULTORES LIMITADA", pudiendo actuar con el nombre fantasía de “GEHA CONSULTORES LTDA”. El objeto o giro de la empresa será desarrollar actividades de servicios sociales: asesorías organizacionales, empresariales vinculadas a desarrollo organizacional y de personas; servicios profesionales prestados a empresas no clasificadas previamente; actividades relacionadas con levantamiento, diagnostico, implementación y evaluación de procesos y productos para la mejora organizacional y cualquier otro tipo de actividades de asesorías sociales y organizacionales directa o indirectamente relacionadas con las anteriores, y que sean acordadas por ambos socios. La administración y el uso de la razón social corresponderá de forma conjunta a los socios, Hernán Eduardo Cáceres Medina, Gemma Solange Tapia Reyes y Marcela Alejandra Mansilla Mansilla. El capital social será la suma de $1.200.000.- (un millón doscientos mil pesos), que se aportan de la siguiente forma: a) don Hernán Eduardo Cáceres Medina, aporta la suma de $400.000.- (cuatrocientos mil pesos); b) Doña Gemma Tapia Reyes, aporta la suma de $400.000.- (cuatrocientos mil pesos), y c) Doña Marcela Mansilla Mansilla, aporta la suma de $400.000.- (cuatrocientos mil pesos). De esta forma queda enterado en forma íntegra el capital social. Las utilidades y pérdidas se repartirán entre los socios de la siguiente forma: A cada uno de los socios le corresponderá participar del siguiente porcentaje de las utilidades y perdidas de la sociedad: a.- A don Hernán Eduardo Cáceres Medina; le corresponderá un treinta y tres como tres por ciento de las utilidades y perdidas. - b.- A doña Gemma Tapia Reyes; le corresponderá un treinta y tres como tres por ciento de las utilidades y perdidas, y c.- y A doña Marcela Mansilla Mansilla le corresponderá un treinta y tres como tres por ciento de las utilidades y perdidas. Los socios limitan su responsabilidad hasta concurrencia del monto de sus aportes. El plazo de duración de la sociedad será de cinco años contados de desde la fecha de suscripción de la presente escritura y se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada en el Registro de Comercio al margen de inscripción de la sociedad. Otras estipulaciones en escritura social extractada. Rancagua, 30 de Mayo de 2023.-