ASESORIAS NACIONALES S.A.
Instrumento
- Fecha
- 18 de mayo de 2023
- Notario
- JORGE MAXIMILIANO UNZUETA RIVAS
- Domicilio
- don OCTAVIO FRANCISCO GUTIERREZ LOPEZ
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $12.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- 5 años, a partir fecha escritura extractada, esto es, 23 de Mayo de 2023, prorrogables automática y sucesivamente por períodos de 5 años
- Ley aplicable
- Ley 3918
Objeto social
En consecuencia se aprobó un nuevo estatuto social que se extracta a continuación: CARLOS ALBERTO REYES SILVA, y MARÍA JESÚS HALLOWS LAFFERTTE, ambos domiciliados en calle General Bulnes N° 317, comuna de Santiago, Región Metropolitana, constituyeron sociedad responsabilidad limitada, conforme Ley 3918 y modificaciones
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE MAXIMILIANO UNZUETA RIVAS, Abogado, Notario Público Suplente de don OCTAVIO FRANCISCO GUTIERREZ LOPEZ, Notario Público Titular 30° Notaría Santiago, oficios Avda. Lib. Bdo. O’Higgins 980, Of. 134-135, CERTIFICA: Don Carlos Alberto Reyes Silva, domiciliado en General Bulnes N° 317, comuna de Santiago, Región Metropolitana, con fecha 23 de Mayo de 2023, ante el Notario Titular de este Oficio Notarial, redujo a escritura pública, acta junta extraordinaria de accionistas de la sociedad ASESORIAS NACIONALES S.A., celebrada ante Notario Titular de 30ª Notaría de Santiago don Octavio Francisco Gutiérrez López el 18 de Mayo de 2023, en la que por unanimidad de accionistas se acordó transformar la sociedad anónima denominada ASESORIAS NACIONALES S.A., en una sociedad de responsabilidad Limitada que se denominará ASESORIAS NACIONALES LIMITADA y modificar el objeto social. En consecuencia se aprobó un nuevo estatuto social que se extracta a continuación: CARLOS ALBERTO REYES SILVA, y MARÍA JESÚS HALLOWS LAFFERTTE, ambos domiciliados en calle General Bulnes N° 317, comuna de Santiago, Región Metropolitana, constituyeron sociedad responsabilidad limitada, conforme Ley 3918 y modificaciones. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: la consultoría en materias vinculadas a la educación, a través de la asesoría en aseguramiento de la calidad y de procesos de acreditación en instituciones de educación preescolar o inicial; escolar primaria o básica; escolar secundaria o media; y de educación terciaria o superior, así como instituciones formativas, por lo que podrá llevar a cabo la evaluación de logros de aprendizaje, de la planificación institucional y del desempeño de los establecimientos y sostenedores educacionales; así como de carreras profesionales y técnicas; de programas de pregrado; de programas de postítulo, de Magíster y/o Doctorado; de programas de Especialidad en el área de la salud, pudiendo, asimismo, para tal efecto certificar, habilitar, asesorar, evaluar y/o acreditar personas naturales o jurídicas en función de los estándares, propósitos o criterios de aseguramiento de la calidad y/o acreditación, establecidos para tales efectos, tanto por la propia consultora como por otros organismos, proveyendo para dichos fines de todas las asesorías pertinentes, tanto en gestión como en la realización de todos los actos necesarios para tales propósitos, pudiendo, en tal sentido, dar a conocer y divulgar dichos estudios, investigaciones y/o análisis desarrollados al respecto, sobre temas regulatorios y de aseguramiento de la calidad. Además, la sociedad podrá ejecutar y celebrar cualquier acto, contrato o convención destinado a servir directa o indirectamente a la realización de los fines sociales, pudiendo, por último, realizar toda otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con las anteriores. Razón social: “ASESORIAS NACIONALES LIMITADA”, sin embargo, la sociedad podrá funcionar y actuar inclusive en sus relaciones con el Servicio de Impuestos Internos y Tesorerías, Municipalidades, Contraloría, Bancos y otras Instituciones, con el nombre de fantasía o comercial de “ASESORIAS NACIONALES LTDA.” y/o “ASNAC LTDA.”. Administración, representación y uso razón social: Corresponderá a Carlos Alberto Reyes Silva con facultades pacto social que se reproducen una a una en escritura extractada. Capital: $12.000.000.- que los socios enteran y pagan, en dinero efectivo, en proporción de 50% cada uno, es decir, cada socio aporta $6.000.000.-, en dinero efectivo, ingresado a caja social proveniente del aporte hecho a la sociedad que por este acto se transforma. Distribución, ganancias y pérdidas: Proporción aportes. Responsabilidad: Se limita al monto respectivos aportes. Duración: 5 años, a partir fecha escritura extractada, esto es, 23 de Mayo de 2023, prorrogables automática y sucesivamente por períodos de 5 años. Domicilio: Santiago, sin perjuicio que se puedan establecer agencias o sucursales dentro del país o extranjero. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 29 de Mayo de 2023.-