CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORÍA N&B LIMITADA

CVE 2324434
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
15 de mayo de 2023
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
15 de mayo de 2023
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Duración
5 años desde la fecha de otorgamiento de la escritura de constitución. En plazo se entenderá renovado, en forma automática y sucesiva, por períodos iguales y sucesivos, a menos que cualquiera de los socios manifestare su voluntad de ponerle término en la forma y plazos indicados en la escritura

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto único la prestación de asesorías a empresas;

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Suplente de la 33 Notaría de Santiago, de don IVÁN TORREALBA ACEVEDO, con oficio en Huérfanos 979 oficina 501, Santiago, certifica: que por escritura pública de 15 de mayo de 2023, otorgada ante el Titular de esta Notaría don Iván Torrealba Acevedo, PAUL NADOR y MICHAEL EDWARD BASILE, ambos domiciliados en calle María Olavarrieta número 11.890, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, constituyeron sociedad profesional de responsabilidad limitada. Administración y uso de Razón Social: Corresponderá a don Paul Nador, con amplias facultades. En caso de fallecimiento o incapacidad de don Paul Nador o de quien ejerza la administración, el cargo recaerá en el o los demás socios de la sociedad, quienes, en caso de ser más de uno, deberán ejercerla de forma conjunta; Razón Social: “ASESORÍA N&B LIMITADA”, nombre de fantasía “N&B Ltda”; Objeto: La Sociedad tendrá por objeto único la prestación de asesorías a empresas; Capital social: es la suma de $1.000.000.-, que los socios aportan, enteran de la siguiente manera: (a) Paul Nador la suma de $666.667, suma que se obliga a enterar en un plazo de dos años contados desde la escritura de constitución, en dinero efectivo a la caja social; y (b) Michael Edward Basile, la suma de $333.333, suma que se obliga a enterar en un plazo de dos años constados desde la escritura de constitución a la caja social; Duración: 5 años desde la fecha de otorgamiento de la escritura de constitución. En plazo se entenderá renovado, en forma automática y sucesiva, por períodos iguales y sucesivos, a menos que cualquiera de los socios manifestare su voluntad de ponerle término en la forma y plazos indicados en la escritura. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 29 de Mayo del 2023.