AGRICOLA LOS CHOZNOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 2 de mayo de 2023
- Notario
- NANCY DE LA FUENTE HERNANDEZ
- Oficio
- 37ª Notaría de Santiago Huérfanos 1117
Sociedad
- Capital
- $180.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalNANCY DE LA FUENTE HERNANDEZ, Abogado, Notario Público Titular de la 37ª Notaría de Santiago Huérfanos 1117, oficina 1014, certifico: Por escritura pública de fecha 02 de mayo de 2023, Rep N° 1289-2023, ante mí, doña ELIZABETH MAGDALENA CASANOVA VILLAGRA, Rut N° 18.226.910-7, domiciliada en Villa Edén Las Pataguas N°390, San Clemente, Región del Maule; don JUAN IGNACIO URRUTIA BELLONI, Rut N° 12.628.227-3; don FRANCISCO JAVIER URRUTIA BELLONI, Rut N° 12.628.226-5; doña MARIA JESÚS URRUTIA BELLONI, Rut N° 12.454.955-8; y doña PAMELA ANDREA NEIRA AMIGO, Rut N° 16.269.922-9, quien actúa en representación del menor DANTE BALTAZAR URRUTIA NEIRA, Rut N° 27.288.289-4, todos los anteriores domiciliados para estos efectos en Camino La Higuera s, San Clemente, Región del Maule, acordaron modificación de la sociedad “AGRICOLA LOS CHOZNOS LIMITADA”, en adelante la “Sociedad”, inscrita a fojas 90, número 35 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca correspondiente al año 2021, en los siguientes términos: I. ANTECEDENTES: Los socios a la fecha de constitución de la sociedad Agrícola Los Choznos Limitada, eran don Juan Ignacio Urrutia Belloni, don Francisco Javier Urrutia Belloni, doña María Jesús Urrutia Belloni, y don Luis Felipe Urrutia Belloni, cada uno con un 25% de participación social. Con fecha 8 de mayo de 2022, falleció don Luis Felipe Urrutia Belloni, quedando como únicos herederos del mismo sus dos hijos menores, Dante Baltazar Urrutia Neira, y Vicente Jesús Urrutia Casanova. A su vez, con fecha 9 de mayo de 2022 falleció el menor Vicente Jesús Urrutia Casanova, dejando como única heredera a su madre, doña Elizabeth Magdalena Casanova Villagra. El único bien comprendido en la herencia de Vicente Jesús Urrutia Casanova, consiste en los derechos hereditarios que a éste le correspondían, a su vez, en la sucesión de su padre, don Luis Felipe Urrutia Belloni. Por su parte, el único bien comprendido en la herencia de este último, consiste en los derechos que éste tenía en la Sociedad Agrícola Los Choznos Limitada. Por tanto, tras el fallecimiento de Luis Felipe Urrutia Belloni y de su hijo Vicente Jesús Urrutia Casanova, los socios de la Sociedad pasaron a ser: i) Juan Ignacio Urrutia Belloni, con un 25%; ii) Francisco Javier Urrutia Belloni, con un 25%; iii) María Jesús Urrutia Belloni, con un 25%; iv) Dante Urrutia Neira, con un 12,5% y; v) Elizabeth Casanova Villagra, con un 12,5%.- Por escritura pública de fecha 6 de febrero de 2023, otorgada en esta misma Notaría, Rep 426-2023, doña Elizabeth Casanova Villagra, vendió, cedió y transfirió a don Juan Ignacio Urrutia Belloni, a don Francisco Javier Urrutia Belloni y a doña María Jesús Urrutia Belloni, en partes iguales para cada uno de ellos, todos los derechos que a la misma correspondieran o pudieran corresponderle en la sucesión y herencia de su hijo Vicente Jesús Urrutia Casanova, y radicados de preferencia y/o específicamente en los derechos sociales de Agrícola Los Choznos Limitada.- II. MODIFICACIÓN: De acuerdo a lo expresado en la escritura de cesión de derechos hereditarios referida, y a lo acordado en la escritura que en este acto se extracta, doña Elizabeth Casanova Villagra, vendió, cedió y transfirió el cien por ciento de su participación en AGRÍCOLA LOS CHOZNOS LIMITADA, esto es, el 12,5% de derechos, en partes iguales a don Juan Ignacio Urrutia Belloni, a don Francisco Javier Urrutia Belloni y a doña María Jesús Urrutia Belloni. Como consecuencia de la cesión de derechos señalada, quedaron como únicos socios de la Sociedad: i) Juan Ignacio Urrutia Belloni, con un 29,17%; ii) Francisco Javier Urrutia Belloni, con un 29,17%; iii) María Jesús Urrutia Belloni, con un 29,17% y; iv) Dante Urrutia Neira, con un 12,5%. Los comparecientes, en su calidad de únicos y actuales socios de AGRÍCOLA LOS CHOZNOS LIMITADA, acuerdan modificar el pacto social, reemplazando el Artículo Octavo, referido al capital social, por el siguiente: “Artículo Octavo: El capital de la sociedad será la suma de $180.000.000 que se aporta y enterará por los socios de la siguiente forma: a) María Jesús Urrutia Belloni, aporta la cantidad de $52.500.000, suma que se encuentra íntegramente enterada a esta fecha, correspondiéndole el 29,17% de los derechos sociales; b) Juan Ignacio Urrutia Belloni, aporta la cantidad de $52.500.000, suma que se encuentra íntegramente enterada a esta fecha, correspondiéndole el 29,17% de los derechos sociales; c) Francisco Javier Urrutia Belloni, aporta la cantidad de$52.500.000, suma que se encuentra íntegramente enterada a esta fecha, correspondiéndole el 29,17% de los derechos sociales; y d) Dante Urrutia Neira, aporta la cantidad de $22.500.000, suma que se encuentra íntegramente enterada a esta fecha, correspondiéndole el 12,5% de los derechos sociales”.- En todo lo no modificado, se mantiene plenamente vigente el Pacto Social, y especialmente lo estipulado en cuanto la responsabilidad de los socios queda limitada hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 17 de mayo de 2023.