Servicios Profesionales Olhaberry y Tapia Limitada
Instrumento
- Fecha
- 30 de mayo de 2023
- Repertorio
- 1733-2023
- Comuna
- San Antonio
Sociedad
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será realizar, por cuenta propia o ajena: a) La prestación de servicios, profesionales, técnicos u otros, relacionadas con el arte, incluida todo tipo de asesorías, capacitaciones, tanto en el país como en el extranjero, a personas naturales y jurídicas, públicas y privadas; b) Prestidigitación, ilusionismo, magia, y capacitación en apnea y escapismo; c) La producción de toda clase de eventos relacionados con el arte, conferencistas, capacitadores, es decir, representación y coordinación, de actividades de artistas, permitiendo gestionar eventos o la producción de éstos, producción y organización de todo tipo de espectáculos y otras actividades relacionadas con el arte; d) Creación de teatros, museos, exposiciones, obras relacionados con el arte, incluidos entre otras manifestaciones artísticas: prestidigitación, ilusionismo, magia, y especialistas en apnea y escapismo; e) Producción, dirección de series, películas, cortos, espectáculos y obras documentales relacionadas con el arte; f) Como asimismo, la realización de toda actividad relacionada directa con el giro , y que los socios de común acuerdo determinen, sea a nivel comunal, regional, nacional o internacional. Para el cumplimiento del objeto, la sociedad podrá celebrar todos los contratos y actos jurídicos necesarios o conducentes a ello, podrá formar parte en otras sociedades profesionales de personas, modificarlas o asumir la administración de las mismas.; g) En general, prestar todo tipo de servicios profesionales, técnicos o administrativos relacionados con el área artística, ya sea de asesoría o de otra naturaleza, directamente o a través de alguno de sus accionistas o de terceros; y, h) efectuar todo otro tipo de actividades afines similares complementarias o relacionadas con las anteriormente indicadas.;
Administración
los gerentes generales, doña Francisca Tapia Rodríguez y don Jean Paul Olhaverry Ovalle, quienes actuando en forma conjunta o separada, anteponiendo a su firma la razón social obligarán a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario con las más amplias facultades;
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Francisca Tapia Rodríguez | socio | 16210374-1 | — | — | |
| Jean Paul Olhaverry Ovalle | socio | 15960223-0 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJenson Aarón Kriman Núñez, Abogado Notario Público Titular de la Segunda Notaría de San Antonio, con oficio en Lauro Barros 96, San Antonio, Región de Valparaíso, certifico: Por escritura pública de fecha 30 de mayo de 2023, Repertorio N°1733-2023, ante mí, Francisca Tapia Rodríguez, RUT 16.210.374-1 y don Jean Paul Olhaverry Ovalle, RUT: 15.960.223-0 constituyen una sociedad de personas de servicios profesionales de responsabilidad limitada, estableciendo el ESTATUTO SOCIAL correspondiente, donde se señala: RAZÓN SOCIAL: “Servicios Profesionales Olhaberry y Tapia Limitada”, pudiendo usar y actuar ante toda clase de personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, incluso bancos comerciales, Servicio de Impuestos internos con la abreviación o nombre de fantasía de “Servicios Profesionales Olhaberry y Tapia Ltda”.; OBJETO: El objeto de la sociedad será realizar, por cuenta propia o ajena: a) La prestación de servicios, profesionales, técnicos u otros, relacionadas con el arte, incluida todo tipo de asesorías, capacitaciones, tanto en el país como en el extranjero, a personas naturales y jurídicas, públicas y privadas; b) Prestidigitación, ilusionismo, magia, y capacitación en apnea y escapismo; c) La producción de toda clase de eventos relacionados con el arte, conferencistas, capacitadores, es decir, representación y coordinación, de actividades de artistas, permitiendo gestionar eventos o la producción de éstos, producción y organización de todo tipo de espectáculos y otras actividades relacionadas con el arte; d) Creación de teatros, museos, exposiciones, obras relacionados con el arte, incluidos entre otras manifestaciones artísticas: prestidigitación, ilusionismo, magia, y especialistas en apnea y escapismo; e) Producción, dirección de series, películas, cortos, espectáculos y obras documentales relacionadas con el arte; f) Como asimismo, la realización de toda actividad relacionada directa con el giro , y que los socios de común acuerdo determinen, sea a nivel comunal, regional, nacional o internacional. Para el cumplimiento del objeto, la sociedad podrá celebrar todos los contratos y actos jurídicos necesarios o conducentes a ello, podrá formar parte en otras sociedades profesionales de personas, modificarlas o asumir la administración de las mismas.; g) En general, prestar todo tipo de servicios profesionales, técnicos o administrativos relacionados con el área artística, ya sea de asesoría o de otra naturaleza, directamente o a través de alguno de sus accionistas o de terceros; y, h) efectuar todo otro tipo de actividades afines similares complementarias o relacionadas con las anteriormente indicadas.; ADMINISTRACIÓN: los gerentes generales, doña Francisca Tapia Rodríguez y don Jean Paul Olhaverry Ovalle, quienes actuando en forma conjunta o separada, anteponiendo a su firma la razón social obligarán a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario con las más amplias facultades; CAPITAL: El capital social es la cantidad de un millón de pesos, que ambos socios aportan al momento de la firma de la escritura en dinero en efectivo y pagan al contado, de las siguiente forma: a) Francisca Tapia Rodríguez, quinientos mil pesos que corresponde al cincuenta por ciento del capital social; y, b) Jean Paul Olhaverry Ovalle, la cantidad de quinientos mil pesos que corresponde al cincuenta por ciento del capital social. Duración: La sociedad empezó a regir desde la fecha de la escritura y su duración será indefinida. El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, pudiendo abrir sucursales, agencias y/o representaciones en cualquier lugar del país o del extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. San Antonio, 30 de mayo de 2023.