SERVICIOS ODONTOLOGICOS AMED SpA
Instrumento
- Fecha
- 9 de mayo de 2023
- Repertorio
- 5679-2023
- Notario
- GIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO
- Oficio
- Titular de la Décima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Referencias (2)
- do publicacion DO N° 40098 del 4 de marzo de 2015
- do publicacion DO N° 43030 del 18 de agosto de 2022
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO, Abogado, Notario Público Suplente de la Titular de la Décima Notaría de Santiago, VALERIA RONCHERA FLORES, con oficio en Agustinas número mil doscientos treinta y cinco, segundo piso, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 09 de mayo de 2023, repertorio Nº5679-2023, ante la Notario Titular Valeria Ronchera Flores, doña JEANNY ISABEL MOREIRA CORNEJO, quien declara ser chilena, casada y separada de bienes, odontóloga, cédula nacional de identidad número diez millones setecientos mil cuatrocientos diecisiete guion cinco, domiciliada para estos efectos en Avenida Recoleta, número doscientos cincuenta y siete, local número doce, comuna de Recoleta, Región Metropolitana, modificó la sociedad por acciones SERVICIOS ODONTOLOGICOS AMED SpA, rol único tributario número setenta y seis millones doscientos once mil doscientos ochenta y ocho guion cuatro, constituida por escritura pública otorgada con fecha veintisiete de abril de dos mil doce en la Notaría de Santiago de don Juan Luis Saiz del Campo y cuyo extracto se inscribió a fojas veintiocho mil cuatrocientos setenta y ocho, número veinte mil sesenta y ocho del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil doce y se publicó en el Diario Oficial de treinta de abril de dos mil doce, número cuarenta mil doscientos cincuenta. Por escritura púbica de fecha dos de marzo de dos mil quince suscrita ante el Notario don Juan Luis Saiz del Campo, se modificó la Sociedad en cuanto a sus socios, cediendo sus derechos don David Cristian Villalobos González, quedando como únicos y actuales socios doña Jeanny Isabel Moreira Cornejo y don Heriberto Enrique Moreira Zuñiga. El extracto de modificación de la sociedad se encuentra inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas dieciocho mil quinientos ochenta y nueve, número once mil ciento sesenta y nueve, correspondiente al año dos mil quince. La Publicación del extracto correspondiente se efectuó en el Diario Oficial número cuarenta y un mil noventa y ocho de fecha cuatro de marzo de dos mil quince. Por escritura púbica de fecha uno de agosto de dos mil veintidós suscrita ante Notario de Santiago de Don Alberto Mozo Aguilar, se transformó la Sociedad de Responsabilidad Limitada en una Sociedad por Acciones y en cuanto sus socios, don Heriberto Enrique Moreira Zuñiga cedió sus derechos a doña Jeanny Isabel Moreira Cornejo, quedando como única y actual accionistas. El extracto de transformación de la sociedad se encuentra inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas setenta y un mil setecientos siete, número treinta y un mil trescientos treinta y nueve, correspondiente al año dos mil veintidós. La Publicación del extracto correspondiente se efectuó en el Diario Oficial número cuarenta y tres mil trescientos treinta de fecha dieciocho de agosto de dos mil veintidós. Se modifica el estatuto social de la sociedad relativo al ARTICULO UNDÉCIMO de los Estatutos de Transformación de la Sociedad y se reemplaza por lo siguiente: ARTICULO UNDECIMO: Los actos, contratos y/o instrumentos públicos o privados que impliquen constituir a la sociedad como deudora, avalista, fiadora o codeudora solidaria, incluso a sus filiales, serán adoptados por la sociedad, sin limitación en su cuantía, con la sola suscripción por parte de quien ejerza la representación legal de la sociedad, sin necesidad de realizar Junta Extraordinaria de Accionistas. Además se podrá adoptar los acuerdos de fusión, transformación, disolución anticipada, disminución o aumento de capital, se hará a través de la suscripción de una escritura pública, por parte de los únicos accionistas. Capital: $10.000.000, dividido y representado en 1.000 acciones ordinarias, de una sola serie, sin valor nominal, totalmente suscrito y pagado. Materia no extractable. Demás estipulaciones escritura extractada. En Santiago a 26 de Mayo de 2023.