GIANNINI – VILLARROEL ARQUITECTOS ASOCIADOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 29 de mayo de 2023
- Repertorio
- 4694-2023
- Notario
- MARÍA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS
- Oficio
- Titular de la Quinta Notaría de Santiago señor Patricio Raby Benavente
- Comuna
- Santiago señor Patricio Raby Benavente
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
- Duración
- La duración de la sociedad será de tres años contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se entenderá tácita y automáticamente prorrogado por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante una declaración por escritura pública que se anotará al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio con una anticipación de, a lo menos, seis meses antes del fin del respectivo período y además, mediante carta certificada dirigida con igual anticipación al domicilio de los otros
Objeto social
El objeto de la sociedad será la prestación de servicios profesionales relacionados a la planificación, el estudio de factibilidad y la ejecución de desarrollos urbanísticos, diseños arquitectónicos, construcciones, decoraciones y alhajamientos de interiores; servicios profesionales de asesoría en diseños paisajistas y ejecución de jardines y áreas verdes, y todos los actos tendientes a este cometido; la asesoría profesional en materias relacionadas con desarrollos inmobiliarios, urbanos, asesoría profesional en proyectos de construcción y diseño industrial; y toda otra operación relacionada, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con los anteriores; y cualquier otro negocio que acordaren los
Administración
La representación y el uso de la razón social corresponderá a don SERGIO JAVIER VILLARROEL CUEVAS, quien actuando en representación de la sociedad, podrá administrarla y representarla y hacer uso de la razón social con las más amplias facultades de administración, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones de cualquier naturaleza que fueren necesarias y que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social pudiendo incluso autocontratar; lo anterior hasta por la suma de diez millones de pesos. Luego, si la operación sobrepasa dicho monto, don SERGIO JAVIER VILLARROEL CUEVAS deberá necesariamente firmar conjuntamente a don FELIPE ANDRÉS GIANNINI DAVIS, sin que por esto se considere a este último como un representante de la sociedad
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Quinta Notaría de Santiago señor Patricio Raby Benavente, ambos domiciliados en calle Gertrudis Echeñique número 30, oficina 32, Las Condes, Santiago, certifico que, con fecha 15de mayo de 2023 bajo el repertorio N°4694-2023, ante el titular, don SERGIO JAVIER VILLARROEL CUEVAS, chileno, casado, arquitecto, cédula nacional de identidad número 15.959.106-9, y don FELIPE ANDRÉS GIANNINI DAVIS, chileno, casado, arquitecto, cédula nacional de identidad número 16.355.793-; ambos domiciliados en Alonso de Cordova 5870 oficina 1616, comuna de Las Condes, constituyeron la siguiente sociedad de responsabilidad limitada. Nombre: “GIANNINI – VILLARROEL ARQUITECTOS ASOCIADOS LIMITADA”, con nombre de fantasía “AA LIMITADA”, Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que puede establecer en el territorio de Chile o en el extranjero. Duración: La duración de la sociedad será de tres años contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se entenderá tácita y automáticamente prorrogado por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante una declaración por escritura pública que se anotará al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio con una anticipación de, a lo menos, seis meses antes del fin del respectivo período y además, mediante carta certificada dirigida con igual anticipación al domicilio de los otros socios. Objeto: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios profesionales relacionados a la planificación, el estudio de factibilidad y la ejecución de desarrollos urbanísticos, diseños arquitectónicos, construcciones, decoraciones y alhajamientos de interiores; servicios profesionales de asesoría en diseños paisajistas y ejecución de jardines y áreas verdes, y todos los actos tendientes a este cometido; la asesoría profesional en materias relacionadas con desarrollos inmobiliarios, urbanos, asesoría profesional en proyectos de construcción y diseño industrial; y toda otra operación relacionada, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con los anteriores; y cualquier otro negocio que acordaren los socios. Sin perjuicio de lo anterior, los socios también aportan su trabajo personal en atención de los asuntos profesionales o técnicos que se encomienden a la sociedad, a los cuales deberán dedicar todo el tiempo que ellos requieran. Sin embargo, los socios no tendrán limitación alguna para ejercer su profesión o actividad separadamente de la sociedad, en los asuntos que no pertenezcan a esta. Capital: El capital de la sociedad es la suma de cinco millones de pesos que los socios aportan, enteran y pagan de la siguiente manera: don SERGIO JAVIER VILLARROEL CUEVAS aporta, entera y paga en este acto, en dinero efectivo, la suma de dos millones quinientos mil pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social; y don FELIPE ANDRÉS GIANNINI DAVIS aporta, entera y paga en este acto, en dinero efectivo, la suma de dos millones quinientos mil pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social. Sin perjuicio de lo anterior, los socios también aportan su trabajo personal en atención de los asuntos profesionales o técnicos que se encomienden a la sociedad, a los cuales deberán dedicar todo el tiempo que ellos requieran. Sin embargo, los socios no tendrán limitación alguna para ejercer su profesión o actividad separadamente de la sociedad, en los asuntos que no pertenezcan a esta. Administración: La representación y el uso de la razón social corresponderá a don SERGIO JAVIER VILLARROEL CUEVAS, quien actuando en representación de la sociedad, podrá administrarla y representarla y hacer uso de la razón social con las más amplias facultades de administración, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones de cualquier naturaleza que fueren necesarias y que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social pudiendo incluso autocontratar; lo anterior hasta por la suma de diez millones de pesos. Luego, si la operación sobrepasa dicho monto, don SERGIO JAVIER VILLARROEL CUEVAS deberá necesariamente firmar conjuntamente a don FELIPE ANDRÉS GIANNINI DAVIS, sin que por esto se considere a este último como un representante de la sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 29 de Mayo de 2023.- Maria Virginia Wielandt Covarrubias.- Notario Suplente.