EMPRESA DE TRANSPORTE NARENDRA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de mayo de 2023
- Notario
- MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN
- Oficio
- 27° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público Titular de la 27° Notaría de Santiago, con oficio en Orrego Luco N° 0153 Providencia, ciudad de Santiago, certifica: Por escritura pública otorgada hoy, ante mí, ORLANDO JOSÉ CASTRO VALBUENA, soltero, venezolano, C.I para extranjeros 26.685.151-0, licenciado en administración, domiciliado en Radal N°066, depto 1.508, torre A, Estación Central, Santiago, y, Don WILLY ENRIQUE CHINCHILLA SUÁREZ, soltero, venezolano, C.I para extranjeros N°26.303.893-2, domiciliado en Antonio Bellet N°126, depto 1.701, Providencia, Santiago; constituyeron una empresa de responsabilidad limitada. Nombre de la empresa EMPRESA DE TRANSPORTE NARENDRA LIMITADA,.”, Nombre de fantasía “NARENDRA LTDA .”.- El objeto de la empresa será: a)el transporte de carga y flete de mercaderías, en vehículos propios o ajenos, en rutas, caminos y carreteras urbanas y rurales, nacionales y extranjeras; b)el almacenaje, depósito y bodegaje de todo tipo de bienes y mercaderías; c)el transporte terrestre de pasajeros, en vehículos propios o ajenos, en rutas, caminos y carreteras urbanas y rurales, nacionales y extranjeras; d)la administración y explotación a cualquier título de vehículos de transporte de carga y pasajeros y la representación de personas naturales o jurídicas que presten esos servicios; e)comprar, vender, importar y comercializar toda clase de vehículos destinados al transporte de carga y pasajeros, sus motores, partes, piezas, neumáticos, baterías, repuestos, accesorios, lubricantes y combustibles; f)prestar servicios de reparación y mantenimiento de toda clase de vehículos; y, g)cualquiera otra actividad que directa o indirectamente se relacione con las anteriores y que acuerden los socios.- En cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá adquirir y enajenar a cualquier título, dar y tomar en arriendo u otra forma de tenencia toda clase de bienes raíces o muebles, corporales e incorporales, gravar dichos bienes con hipotecas o prendas de cualquier especie; podrá también constituir y participar en otras personas jurídicas de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades; y, en general ejecutar todas las operaciones y negocios que acuerden los socios.- La administración y el uso de la razón social corresponderá a ORLANDO JOSÉ CASTRO VALBUENA y a don WILLY ENRIQUE CHINCHILLA SUÁREZ , de manera conjunta los cuales actuarán anteponiendo el nombre de la empresa a su firma, representándola y obligándola en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario. Capital de la empresa asciende a la suma de $2.000.000.-, que los constituyentes aportan y enteran, en este acto: a) $1.000.000 don ORLANDO JOSÉ CASTRO VALBUENA y b) $1.000.000.- don WILLY ENRIQUE CHINCHILLA SUÁREZ. Las constituyentes limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes.- El plazo de duración de la empresa será de 3 años, contados desde la fecha de esta escritura, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales, salvo que los constituyentes manifestaran su voluntad de poner término, en la forma que se indica pacto que se extracta.- La empresa tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país.- Santiago, 24 mayo de 2023.-