CONSTRUCCIÓN Y MONTAJES CAMEN LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 29 de mayo de 2023
- Notario
- ALBERTO MOZO AGUILAR
- Oficio
- 40° Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Administración
En mérito de la cesión de derecho indicada, los socios de “CONSTRUCCIÓN Y MONTAJES CAMEN LIMITADA”, vienen en modificar el artículo cuarto de los estatutos sociales referente a la administración de la sociedad, en el sentido que la administración de ella y el uso de la razón social le corresponderá al socio JAIME ALFONSO ROJAS LÓPEZ, quien anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos, encontrándose premunido de todas las facultades que se señalan en el artículo cuarto del pacto social primitivo, las que se dan por expresamente reproducidas, sin que la enunciación que se indicó sea limitativa, restrictiva o taxativa. En todo lo no modificado, se mantienen vigentes los estatutos sociales y sus modificaciones
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALBERTO MOZO AGUILAR, Abogado, Notario Público, Titular 40° Notaría Santiago, Teatinos N° 332, certifico: Por escritura pública de hoy, ante mí, JAIME ALFONSO ROJAS LÓPEZ, domiciliado en Parcela N° 55 B, Sector Parcelación El Pangal, comuna de Curacaví, Provincia de Melipilla, Región Metropolitana y DAMARY KISSY AGUILERA NÚÑEZ, domiciliada en Parcela N° 60, Sector Parcelación El Pangal, comuna de Curacaví, Provincia de Melipilla, Región Metropolitana, modificaron sociedad “Construcción y Montajes Camen Limitada”, inscrita fjs. 21.107, N° 13.916, Registro de Comercio de Santiago, año 2013, en los siguientes términos: i) CESIÓN: doña DAMARY KISSY AGUILERA NÚÑEZ, vendió, cedió y transfirió a don JAIME ALFONSO ROJAS LÓPEZ, quien compró, aceptó y adquirió para sí, el 98 % de los derechos, obligaciones, acciones e interés de la sociedad singularizada en la referida escritura, en la suma de $2.300.000, que la parte cesionaria pagó al contado. Como consecuencia de la venta y cesión de los derechos señalados en la cláusula tercera precedente, a contar de esta fecha don JAIME ALFONSO ROJAS LÓPEZ, quien pasa a ser el dueño del 99 % de los derechos sociales de la sociedad “CONSTRUCCIÓN Y MONTAJES CAMEN LIMITADA” y doña DAMARY KISSY AGUILERA NÚÑEZ, del 1 % de la sociedad “CONSTRUCCIÓN Y MONTAJES CAMEN LIMITADA”; ii) ADMINISTRACIÓN: En mérito de la cesión de derecho indicada, los socios de “CONSTRUCCIÓN Y MONTAJES CAMEN LIMITADA”, vienen en modificar el artículo cuarto de los estatutos sociales referente a la administración de la sociedad, en el sentido que la administración de ella y el uso de la razón social le corresponderá al socio JAIME ALFONSO ROJAS LÓPEZ, quien anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos, encontrándose premunido de todas las facultades que se señalan en el artículo cuarto del pacto social primitivo, las que se dan por expresamente reproducidas, sin que la enunciación que se indicó sea limitativa, restrictiva o taxativa. En todo lo no modificado, se mantienen vigentes los estatutos sociales y sus modificaciones. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 29 de mayo de 2023.