Instrumento
- Fecha
- 26 de mayo de 2023
- Repertorio
- 13970/2023
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- 43° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $6.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias, depósitos o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
Objeto social
El objeto de la sociedad será la prestación de servicios de asesoría, consultoría y de todo tipo de servicios profesionales en materias de tecnología de la información, incluida la investigación, análisis, desarrollo y aplicación de sistemas informáticos y digitales; y la participación en toda clase de sociedades, negocios o empresas que contribuyan a cumplir el
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, abogado, Notario Público Titular de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 835, piso 18, comuna de Santiago, certifica, que: Por escritura pública de fecha veintidós de mayo de dos mil veintitrés, repertorio Nº 13.970/2023, ante mí, JEDIMAR INVERSIONES LIMITADA, domiciliada en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins Nº 3.750, oficina 408, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, constituyó una sociedad por acciones, de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: “TRANSITEC SpA”, Domicilio: Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias, depósitos o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Objeto social: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios de asesoría, consultoría y de todo tipo de servicios profesionales en materias de tecnología de la información, incluida la investigación, análisis, desarrollo y aplicación de sistemas informáticos y digitales; y la participación en toda clase de sociedades, negocios o empresas que contribuyan a cumplir el objeto social. Capital: $6.000.000.000 dividido en 600.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, cada una de igual valor y características, íntegramente suscritas, de los cuales: a) $100.000.000 se encuentran íntegramente pagados, b) $5.500.000.000 se pagarán en un plazo de 6 meses, contados desde la fecha de la escritura, y c) $400.000.000 que se pagarán en el plazo de 5 años, contados desde la fecha de la escritura. El accionista sólo será responsable hasta el monto de su respectivo aporte en la sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 26 de mayo de 2023.-