Solmatek Servicios Industriales y Maritimos Limitada
Instrumento
Sin información de instrumento parseada en esta publicación.
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO PALOMO TORNVALL, NOTARIO INTERINO DE MEJILLONES: certifico que por escritura pública otorgada ante mí el día de hoy, don Cristián Andrés Cisternas Villalón, y doña Irina Ninoska Chacana Amado, domiciliados en calle Casimiro Olivos mil ciento tres, comuna de Mejillones, y avenida andalicán 715, comuna de Mejillones, respectivamente, cedieron derechos sociales y modificaron la sociedad denominada “Solmatek Servicios Industriales y Maritimos Limitada”, rol único tributario número 76378453-3, capital $2.000.000, inscrita a fojas mil doscientos cincuenta y dos, número ochocientos diecisiete, en el Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Antofagasta, correspondiente al año dos mil catorce. Las modificaciones consisten en: a) don CRISTIAN ANDRÉS CISTERNAS VILLALÓN vendió, cedió y transfirió a doña IRINA NINOSKA CHACANA AMADO el 48% de los derechos sociales de Solmatek Servicios Industriales y Maritimos Limitada, quedando la adquirente con un 49% de los derechos sociales; b) Modificación del Artículo Sexto de los estatutos sociales, relativo al capital, reemplazándolo por el siguiente: “SEXTO: Del capital social: El capital de la Sociedad es la suma de dos millones de pesos, el cual será aportado por los socios en la forma y bajo las condiciones que se pasan a exponer, en la siguiente proporción: a) Don CRISTIÁN ANDRÉS CISTERNAS VILLALÓN con la suma de un millón veinte mil pesos, equivalentes al cincuenta y un por ciento de los derechos sociales de la sociedad, de contado y en dinero efectivo que ingresa a la caja social; b) doña IRINA NINOSKA CHACANA AMADO con la suma de novecientos ochenta mil pesos, equivalentes al cuarenta y nueve por ciento de los derechos sociales de la sociedad, de contado y en dinero efectivo que ingresa a la caja social.” En lo no modificado se mantienen vigentes demás estipulaciones de pacto social y especialmente limitación responsabilidad socios a sus respectivos aportes. Mejillones, a 23 de Mayo del año 2023.-