SOCIEDAD MEDICA Y DE INVERSIONES SAN CLEMENTE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 26 de mayo de 2023
- Notario
- EMILIA ELISABETH SOLAR HUNTER
- Domicilio
- Interina por cese del cargo del Titular de este territorio jurisdiccional
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEMILIA ELISABETH SOLAR HUNTER, Abogado, Notario Público Interina por cese del cargo del Titular de este territorio jurisdiccional, don Luis Eduardo Solar Bach, con domicilio en esta ciudad, calle Lautaro número trescientos veinticinco, oficinas cuatro y cinco, certifico: Que, por escritura pública de 26 de Mayo de 2023, FERNANDO ANDRÉS TIRAPEGUI SANHUEZA, chileno, C.I. Nº13.857.114-9, médico cirujano, domiciliado en calle Pedro Aguirre Cerda, Nº 317, departamento Nº 202, Conjunto Habitacional el Mirador, comuna San Pedro de la Paz; CAROLINA ANDREA MARDONES FLORES, chilena, C.I Nº14.058.826-1, médico cirujano, domiciliada en camino a Antuco Nº1456, casa Nº26, comuna de Los Ángeles; y LUIS SEBASTIÁN TIRAPEGUI SANHUEZA, chileno, C.I Nº16.156.071-5, egresado en derecho, domiciliado en calle Pedro Aguirre Cerda, Nº 317, departamento Nº 202, Conjunto Habitacional el Mirador, comuna San Pedro de la Paz, vienen en modificar los Estatutos Sociales de la “SOCIEDAD MEDICA Y DE INVERSIONES SAN CLEMENTE LIMITADA”, nombre de fantasía “SAN CLEMENTE LTDA.”, RUT 76.159.205-k, constituida por escritura pública de 6/04/2011, otorgada ante el Notario Público de Concepción, don Carlos Alberto Miranda Jimenez, publicado en el D.O., 20/04/2011, inscrita en Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción año 2011, a fojas 849 vuelta, número 700. Modificada por escritura pública de 03/08/2018, otorgada ante el Notario Público de Concepción, don Ernesto Valenzuela Norambuena, publicado en el D.O., 10/08/2018, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción, año 2018, a fojas 1640 número 1283. Modificaciones: LUIS SEBASTIÁN TIRAPEGUI SANHUEZA, vende, cede y transfiere el 100% de sus derechos sociales de los cuales es titular en la sociedad, equivalentes al 48% del total de los derechos sociales, a FERNANDO ANDRÉS TIRAPEGUI SANHUEZA, quien los compra, acepta y adquiere para sí. Como consecuencia de la compraventa y cesión de derechos, LUIS SEBASTIÁN TIRAPEGUI SANHUEZA, se retira de la sociedad, estructurándose la participación social en la “SOCIEDAD MEDICA Y DE INVERSIONES SAN CLEMENTE LIMITADA”, en lo sucesivo de la siguiente forma: a) FERNANDO ANDRÉS TIRAPEGUI SANHUEZA, será titular del 50% del total de los derechos sociales, y; b) CAROLINA ANDREA MARDONES FLORES, será titular del 50% del total de los derechos sociales. Los actuales socios mantienen y no reforman lo pactado en los estatutos sociales, respecto a que las utilidades o pérdidas de la sociedad se distribuirán o soportarán entre los socios en la misma proporción a la de sus respectivos aportes al capital social, conforme a lo estipulado en la clausula sexto de los estatutos sociales, y limitan expresamente su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes al capital social, conforme a lo estipulado en la clausula decima de los estatutos sociales. FERNANDO ANDRÉS TIRAPEGUI SANHUEZA, y CAROLINA ANDREA MARDONES FLORES, en su calidad de actuales, únicos y exclusivos socios de la sociedad, acuerdan modificar las siguientes clausulas de los Estatutos Sociales: A) Modifican clausula Segundo de los Estatutos Sociales, quedando en lo sucesivo de la siguiente forma: “SEGUNDO: La razón social será “SOCIEDAD MEDICA SAN CLEMENTE LIMITADA”, pudiendo usar la palabra Limitada en su abreviatura de “Ltda.”, y como denominación de fantasía la de “SAN CLEMENTE LTDA.”, con que actuará ante cualquier tipo de entidad, sea pública o privada, civil o comercial, instituciones bancarias y financieras y, en general, todo tipo de personas naturales o jurídicas“; B) Modifican clausula Tercero de los Estatutos Sociales, quedando en lo sucesivo de la siguiente forma: “TERCERO: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios profesionales médicos ambulatorios, en las diversas ramas o especialidades de la medicina, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de Organismos del Sector Público, municipal o privado.”; C) Modifican clausula Cuarto de los Estatutos Sociales, quedando en lo sucesivo de la siguiente forma: “CUARTO: La administración, representación, y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a don FERNANDO ANDRÉS TIRAPEGUI SANHUEZA, y/o a doña CAROLINA ANDREA MARDONES FLORES, quienes podrán obrar conjunta o separadamente, anteponiendo su firma a la razón social la representarán con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos, contratos, convenciones, convenios o negocios que estimen convenientes, pudiendo actuar ante el Servicio de Impuestos Internos, Tesorería General de la Republica, y ante todo tipo de personas, sean naturales o jurídicas, empresas o instituciones, públicas o privadas, civiles o comerciales, y sin que la enumeración que se pasa a expresar constituya limitación alguna, el o los socios administradores, actuando de la manera señalada, podrán: “las facultades y poderes constan en escritura extractada”. Demás Estipulaciones del Estatuto Social: En todo lo que no se modifica por este instrumento, seguirán vigentes todas las estipulaciones y pactos contenidos en los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Los Angeles, 29 de Mayo de 2023.-