Instrumento
- Fecha
- 22 de mayo de 2023
- Repertorio
- 1217-2023
- Notario
- Coquimbo
- Oficio
- Cuarta Notaria de Coquimbo
- Comuna
- Coquimbo
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Coquimbo
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será la obtención de rentas de la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios
Administración
La Sociedad será administrada y representada por uno o más Administradores elegidos por la Junta de Accionistas, pudiendo el o los Administradores ser o no
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalREINALDO HERNÁN VILLALOBOS PELLEGRINI, abogado, con domicilio en esta comuna, Ruta D-43 Nº 901, oficina 101, primer piso, Edificio Empresarial, Coquimbo, Notario Público Titular de la Cuarta Notaria de Coquimbo, certifico que: por escritura pública otorgada ante mí, repertorio 1217-2023 de fecha 22 de mayo de 2023, compareció: don PIERANGELO DALBOSCO IDUYA, chileno, soltero, empresario, C.I. 16.308.863-0, domiciliado calle Juan Antonio Ríos N°1.050, comuna de Coquimbo; y constituyó Sociedad por Acciones regida por las disposiciones del Párrafo 8º, Título VII, Libro II, del Código de Comercio, y sólo en aquello que no se contraponga con su naturaleza, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas, y en especial por los siguientes estatutos. NOMBRE: El nombre será PD INVERSIONES SpA. DOMICILIO: Coquimbo, sin perjuicio de las agencias, sucursales o filiales que se puedan establecer en otros puntos del país o del extranjero. DURACIÓN: Indefinida, sin perjuicio de su disolución en los casos que la Ley y estos estatutos establecen. OBJETO: El objeto de la sociedad será la obtención de rentas de la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. ADMINISTRACIÓN: La Sociedad será administrada y representada por uno o más Administradores elegidos por la Junta de Accionistas, pudiendo el o los Administradores ser o no accionistas. La designación antes indicada, deberá constar en escritura pública. La revocación del administrador deberá ser efectuada igualmente también por escritura pública, anotada al margen de la escritura en que se designó. CAPITAL: $1.000.000, dividido en 1.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal. Las acciones en que se divide el capital se encuentran completamente suscritas, y deberán ser pagadas en dinero efectivo o en especies en el plazo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Coquimbo 23 de mayo de 2023.-