L’ORÉAL CHILE S.A.
Instrumento
- Fecha
- 17 de mayo de 2023
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°941, local 302, comuna de Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha 17 de mayo de 2023, ante mí, se redujo a escritura pública la Décimo Octava Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha 17 de mayo de 2023 de la sociedad L’ORÉAL CHILE S.A. (la “Sociedad”), se acordó modificar íntegramente el Artículo Quinto de los estatutos de la Sociedad reemplazándolo por el siguiente: “Artículo Quinto: La sociedad será administrada por un Directorio compuesto de tres miembros titulares, el que podrá sesionar en cualquier lugar del mundo. El quórum del Directorio para sesionar y adoptar sus acuerdos será de la mayoría de sus miembros. No obstante lo anterior, las siguientes materias requerirán del voto conforme a la unanimidad de los tres directores: uno) compra o venta de inmuebles, edificios y terrenos y la venta del nombre de la Sociedad, como también la cesión de contratos y representaciones otorgados por terceros a la Sociedad; dos) otorgamiento y aceptación de hipotecas, prendas u otros gravámenes sobre los bienes y/o derechos reales de la Sociedad, como también la renuncia o alzamiento de gravámenes de todo tipo de los que sea acreedora la Sociedad; tres) tomar créditos a un plazo superior a dos años; cuatro) la apertura y cierre de sucursales o filiales; cinco) la adquisición o cesión de sociedades y/o participaciones en sociedades y acciones de sociedades ya constituidas o la constitución de sociedades; seis) el otorgar avales, garantías reales o personales, y en general cualquier tipo de cauciones en favor de terceros; siete) el otorgamiento de préstamos, adelantos o modificación de los plazos de los créditos no ligados a la gestión corriente de la empresa; ocho) el cambio de giro de la Sociedad; nueve) la fijación de remuneraciones y otras asignaciones periódicas a los Directores; diez) la aprobación del balance anual.- Los directores durarán un período de cinco años, pudiendo ser reelegidos indefinidamente.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 25 de mayo de 2023.