INVERSIONES E INMOBILIARIA SANTA ROCIO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 10 de mayo de 2023
- Notario
- JUAN CARLOS SAN MARTÍN MOLINA
- Oficio
- Segunda Notaría de Concepción
- Comuna
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $20.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN CARLOS SAN MARTÍN MOLINA, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Concepción, con oficio en calle San Martín 906, Concepción, certifico: Que, por escritura pública de fecha de 10/05/2023, ante mí, Rep.1412-2023, TANIA JACQUELINE VILLARROEL CANALES, domiciliada en Avenida Valle Grande 2420 San Pedro de la Paz, región del Bío Bío; y KAREN ILYNE VILLAROEL CANALES, domiciliada en condominio Los Notros casa 21 comuna de San Pedro de la Paz, región del Bío Bío, y suscribieron escritura pública, de disolución y liquidación de la Sociedad “INVERSIONES E INMOBILIARIA SANTA ROCIO LIMITADA", RUT N°76.200.827-0, capital inicial $20.000.000.-, estableciéndose que los comparecientes son los únicos y actuales socios de la sociedad “INVERSIONES E INMOBILIARIA SANTA ROCIO LIMITADA", constituida por escritura pública, 21 de octubre del año 2011 otorgada ante el Notario don Juan Armando Bustos Bonniard, con la razón social de “INVERSIONES E INMOBILIARIA SANTA ROCIO LIMITADA” socios fundadores, Tania Jacqueline Villaroel Canales y Eduardo Arnoldo Méndez Alvarado, capital inicial de la sociedad veinte millones de pesos, extracto inscrito a fojas 640, número 545, año 2011, Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talcahuano; Modificación, por escritura pública de 10 de mayo de 2012, otorgada ante el Notario público ERNESTO VALENZUELA NORAMBUENA, se retira de la sociedad Eduardo Arnoldo Méndez Alvarado, cede cien por ciento de sus derechos sociales a Karen Ilyne Villarroel Canales, quedando como únicos socios Tania Jacqueline Villarroel Canales y Karen Ilyne Villarroel Canales, extracto inscrito a fojas 177 vuelta, número 194, año 2012 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talcahuano. Liquidación y adjudicación: No existen bienes a liquidar, según las estipulaciones y declaraciones contenidas en escritura que se extracta. Demás estipulaciones en escritura extractada. Concepción, mayo 29 de 2023. Doy fe./coa.