CASA GALLETUE SpA
Instrumento
- Fecha
- 15 de mayo de 2023
- Repertorio
- 13246
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 835, piso 18, comuna de Santiago certifico: por escritura pública otorgada, ante mí, con fecha 15 de mayo de 2023, repertorio N°13.246, comparecen don Rodrigo Raúl Caviedes Barahona y doña Marie Jeanne Francoise Lamoliatte Vargas, ambos domiciliados para estos efectos en Camino San Francisco de Asís 2.200, casa 1, ciudad de Santiago, en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad Casa Galletue SpA., inscrita a fojas 83.078, número 40.865 Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2019, en adelante la “Sociedad”, acordaron modificar el Artículo Segundo de los estatutos sociales, referidos al objeto de la Sociedad sustituyéndolo por el siguiente: “Artículo Segundo: La sociedad tendrá por objeto el desarrollo de toda clase de actividades civiles y comerciales, especialmente, /a/ la realización de inversiones tanto en Chile como en el extranjero en toda clase de bienes inmuebles y/o muebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades, cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos, por cuenta propia o ajena; /b/ la producción, elaboración, distribución, compra, venta, importación, exportación, y en general toda forma de comercialización de productos o subproductos agrícolas, agroindustriales, agropecuarios, alimenticios, decorativos, artesanales y sus derivados; c) la administración y explotación de bienes raíces; d) la prestación de toda clase de asesorías profesionales, financieras y/o técnicas u otros servicios donde predomine el intelecto por sobre el capital; y /e/ en general, realizar cualquier actividad comercial relacionada con los anteriores.”. En todo lo no modificado, rigen íntegramente los estatutos sociales de la Sociedad, en especial en cuanto a la limitación de la responsabilidad de los socios hasta el monto de sus aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 24 de mayo de 2023.