MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Agrocomercial Los Gomeros Limitada

RUT 76043124-9 CVE 2322912
Fecha instrumento
22 de mayo de 2023
Notaría
Osorno

Instrumento

Fecha
22 de mayo de 2023
Notario
ABDALLAH FERNÁNDEZ ATUEZ
Oficio
Tercera Notaría de Osorno
Comuna
Osorno

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ABDALLAH FERNÁNDEZ ATUEZ, Abogado, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Osorno, domiciliado en Avda. Nueva Mackenna Nro.871, de Osorno, certifica por escritura con fecha 22 de mayo de 2023, ante mí, José Ricardo Labbe Carrasco, Carmen Lidia Minte Weisser, ambos domiciliados en calle Bilbao Nro.1427 de Osorno, Víctor Hugo Oyarzun Vidal, Gabriela Nicol Oyarzun Medina, ambos domiciliados en calle Michilla Nro.460 de Osorno, modifican sociedad “Agrocomercial Los Gomeros Limitada” constituida por escritura de fecha 12-11-2008 Notaría Sanhueza de Osorno, inscrita Fs.474 vta. Nro.356 Registro Comercio año 2008 Conservador Osorno; modificada por escritura de 17-09-2015 otorgada en Notaría Winter de Osorno, inscrita a Fs.556 Nro.297 Registro Comercio año 2015 Conservador Osorno, en el siguiente sentido: A.- Carmen Lidia Minte Weisser, vende, cede y transfiere a Gabriela Nicol Oyarzun Medina, quien compra, adquiere y acepta para sí, el 40% de sus derechos sociales, que corresponde al 6% del capital social, precio pagado de contado. B.- Carmen Lidia Minte Weisser, vende, cede y transfiere a Víctor Hugo Oyarzun Vidal, quien compra, adquiere y acepta para sí, el 60% de sus derechos sociales, que corresponde al 9% del capital social, precio pagado de contado. De esta forma Carmen Lidia Minte Weisser se retira de la sociedad. Igualmente José Ricardo Labbe Carrasco se retira de la sociedad, quien vende, cede y transfiere a Víctor Hugo Oyarzun Vidal, quien compra, adquiere y acepta para sí, el 100% de sus derechos sociales, que corresponde al 35% del capital social, precio pagado de contado. Las ventas incluyen participación en utilidades no retiradas y fondo de revalorización capital propio. Como consecuencia de esta modificación, quedan como únicos socios, Víctor Hugo Oyarzun Vidal, con un 94% derechos sociales y Gabriela Nicol Oyarzun Medina, con un 6% derechos sociales, quienes como únicos socios acuerdan modificar el pacto social constitutivo, en el siguiente sentido: Uno.- Sustituyen clausula novena del pacto social constitutivo, en el sentido que la administración y uso de la razón social corresponderá a don Víctor Hugo Oyarzun Vidal, con las facultades contenidas en la cláusula modificada. En lo no modificado se mantiene expresamente vigente el estatuto social original. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Se facultó para inscribir. Osorno, 26 de mayo del año 2023.-