MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Andreoli, Velozo, y Alcaíno Asociados Limitada

RUT 77363635-4 CVE 2322646
Fecha instrumento
11 de mayo de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
11 de mayo de 2023
Notario
WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ. Abogado
Oficio
40° Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ. Abogado, Notario Público, Titular de la 40° Notaria de Santiago, Amunategui 73, comuna de Santiago, certifica: que por escritura publica otorgada con fecha 11 de mayo de 2023, ante mí, GIGLIOLA COLOMBA ANDREOLI LABRA, C.I. 10.641.041-0, con domicilio en calle Camino El Roble número 1351, Casa número 11, comuna de Huechuraba; PAZ ANGÉLICA VELOZO CERDA, C.I. 9.899.448-3, con domicilio en calle Liencura número 7038 , comuna de Huechuraba; y OLIVER LEE ALCAINO TORO, C.I. 13.909.481-6, con domicilio en Pasaje San Rodrigo número 181, comuna de Quilicura, Modificaron Sociedad “Andreoli, Velozo, y Alcaíno Asociados Limitada”, inscrita a fojas 32999 número 15355 del Registro de Comercio de Santiago del año 2021, en los siguientes términos: UNO: Oliver Lee Alcaino Toro, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales: el dieciséis coma sesenta y siete por ciento a Gigliola Colomba Andreoli Labra, en el precio de doscientos cincuenta mil pesos pagado contado, y el dieciséis coma sesenta y siete por ciento a Paz Angélica Velozo Cerda, en el precio de doscientos cincuenta mil pesos pagado contado. Como consecuencia de lo anterior, Oliver Lee Alcaíno Toro, transfiere la totalidad de derechos que tenía en la sociedad, retirándose de esta. DOS: Se reemplaza el Articulo Segundo de los Estatutos Sociales, relativo a la razón social, por el siguiente: “Articulo Segundo: La razón social será “ANDREOLI, Y VELOZO ASOCIADAS LIMITADA”. La sociedad podrá utilizar para todos los efectos, incluso bancarios, los nombres de fantasía “ANDREOLI Y VELOZO PROPIEDADES LTDA.”; TRES: Se reemplaza el Articulo Quinto de los Estatutos Sociales, relativo al capital social, por el siguiente: “Articulo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de un millón quinientos mil pesos, aportados en dinero efectivo, ya ingresado a la caja social, en la siguiente proporción: a) doña Gigliola Colomba Andreoli Labra, la suma de setecientos cincuenta mil pesos, ingresado a la caja social con anterioridad a este acto, que equivalen al cincuenta por ciento de derechos sociales; b) doña Paz Angélica Velozo Cerda, la suma de setecientos cincuenta mil pesos, ingresado a la caja social con anterioridad a este acto, que equivalen al cincuenta por ciento de derechos sociales.-; CUATRO: Se reemplaza el Articulo Cuarto de los Estatutos Sociales, relativo a la administración de la sociedad, por el siguiente: “Artículo Cuarto: La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a las socias doña Gigliola Colomba Andreoli Labra, y a doña Paz Angélica Velozo Cerda, para que actuando indistintamente una cualquiera de ellas, y anteponiendo la razón social a su firma, representen judicial y extrajudicialmente a la compañía y podrán celebrar y ejecutar todos los actos y contratos relativos al cumplimiento del objeto de la sociedad, sin que sea necesario justificar a terceros si dichos actos y contratos están comprendidos o no en el giro u objeto de la compañía. Demás estipulaciones escritura extractada, Santiago, 23 de mayo de 2023.-