MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad Agricola Morro Colorado Limitada

RUT 76230076-1 CVE 2321388
Fecha instrumento
12 de mayo de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
12 de mayo de 2023
Notario
IVÁN TORREALBA ACEVEDO
Oficio
33° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la 33° Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos número 979, oficina 501, de la comuna de Santiago, certifica por escritura pública de fecha 12 de mayo de 2023, ante mí los señores: Don CLEMENTE JOSE JARA ALCALDE, ALBERTO JOSE JARA ALCALDE, MARIA AMELIA JARA ALCALDE, MARIA ELISA JARA ALCALDE, MARIA VERONICA JARA ALCALDE, ALFREDO JOSE JARA ALCALDE, DOMINGO JOSE JARA ALCALDE, todos domiciliados en calle La Cabaña número veintitrés oficina nueve, comuna de Las Condes; modificaron la sociedad de responsabilidad limitada denominada SOCIEDAD AGRICOLA MORRO COLORADO LIMITADA, que fue constituida por escritura Pública de fecha dieciocho de julio de dos mil doce otorgada en la Notaria de don Humberto Quezada Moreno y que fuera inscrita a fojas 49.897 N° 34.968 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2.012, en el sentido que: UNO) don Clemente Jara Alcalde, con la anuencia de don Alberto José Jara Alcalde, vendió, cedió, y transfirió a: a) María Amelia Jara Alcalde, el 14,43% de los derechos y haberes sociales a María por $142.857; b) María Elisa Jara Alcalde el 14,43% de los derechos y haberes sociales por $142.857; c) María Verónica Jara Alcalde el 14,43% de los derechos y haberes sociales por $142.857; d) Alfredo José Jara Alcalde el 14,43% de los derechos y haberes sociales por $142.857; e) Domingo José Jara Alcalde el 14,43% de los derechos y haberes sociales por $142.857; f) Alberto José Jara Alcalde el 13,42% de los derechos y haberes sociales por $132.857. DOS) Los comparecientes en su calidad de únicos y actuales socios modificaron la cláusula tercera del pacto social por la siguiente: “TERCERO: El capital social será la suma de un millón de pesos que se encuentra totalmente pagado e ingresado a la caja social, en la proporción de un séptimo por cada uno de los señores Clemente José Jara Alcalde, Alberto José Jara Alcalde, María Amelia Jara Alcalde, María Elisa Jara Alcalde, María Verónica Jara Alcalde, Alfredo José Jara Alcalde, y Domingo José Jara Alcalde”. En todo lo no modificado siguen vigentes estipulaciones pacto social. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 18 de Mayo del 2023.