MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

GOMEZ Y JARA INGENIERIA Y MONTAJE INDUSTRIAL LIMITADA

RUT 76389687-0 CVE 2322034
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
10 de marzo de 2014
Notaría
San Miguel

Instrumento

Fecha
10 de marzo de 2014
Repertorio
655-2023
Notario
CESAR MATURANA PEREZ
Oficio
Sexta Notaría de San Miguel
Comuna
San Miguel

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CESAR MATURANA PEREZ, abogado, Notario Público Interino de la Sexta Notaría de San Miguel, con oficio en Ramón Subercaseaux N°1244, comuna San Miguel, certifica que por escritura pública de hoy, repertorio N°655-2023, ante mí, don OSCAR ALBERTO JARA CABALLERO, chileno, soltero, supervisor de obras, domiciliado en Pasaje Los Tehuelches número tres mil cuatrocientos once, comuna de Renca; don LUIS FABIAN GOMEZ ALVAREZ, chileno, soltero, soldador armador, domiciliado en calle Los Atacameños número dos mil doscientos sesenta y ocho, comuna de Renca, de paso en ésta, y don ESTEBAN ALBERTO JARA FIGUEROA, chileno, casado, ingeniero constructor, domiciliado en calle José Santos Ossa número tres mil trescientos cuarenta, comuna de Recoleta. Modifican sociedad de responsabilidad limitada “GOMEZ Y JARA INGENIERIA Y MONTAJE INDUSTRIAL LIMITADA”, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 18.237, N°11463, del año 2014, publicada en el Diario Oficial de fecha 10/03/2014. Capital social la suma de $2.000.000. Modifican el pacto social en el siguiente sentido; el socio don OSCAR ALBERTO JARA CABALLERO, se retira de la sociedad, vende, cede y transfiere el total de sus derechos en el haber social a don ESTEBAN ALBERTO JARA FIGUEROA, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en $600.000, en éste acto, al contado. Como consecuencia quedan como únicos socios de la sociedad “GOMEZ Y JARA INGENIERIA Y MONTAJE INDUSTRIAL LIMITADA", don LUIS FABIAN GOMEZ ALVAREZ, con el 50% de los derechos sociales y don ESTEBAN ALBERTO JARA FIGUEROA, con el 50% de los derechos sociales. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Modifican además la administración, representación de la sociedad y el uso de la razón social, corresponderá a don OSCAR ALBERTO JARA CABALLERO, a don LUIS FABIAN GOMEZ ALVAREZ, y a don ESTEBAN ALBERTO JARA FIGUEROA, quienes actuarán en forma conjunta, separada y/o indistintamente. En todo lo no modificado por el presente instrumento, se mantiene plenamente vigente el pacto social primitivo y sus modificaciones.- Santiago, 04 de mayo de 2023.-