ESTUDIO CASTILLO - PFENG ABOGADOS Y SERVICIOS LEGALES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 2 de mayo de 2023
- Repertorio
- 1381-2023
- Notario
- JESÚS OSSES REVECO
- Oficio
- notaría de la comuna de La Serena
Sociedad
- N. fantasía
- “ESTUDIO CASTILLO - PFENG ABOGADOS LIMITADA” o “ESTUDIO CASTILLO - PFENG LTDA.” Administración y uso razón social corresponderá a los socios RAÚL HERNÁN CASTILLO CASTILLO, BIANCA YASMINA PFENG LEAL y MARCELA ALEJANDRA CISTERNAS MILATEGUA, quienes actuando de forma conjunta entre dos de los tres socios referidos, podrán actuar en nombre y representación de la sociedad; facultades constan en escritura. Capital suscrito: El capital social de la sociedad es la suma de $10.000.000.- que los socios aportan y pagan de la siguiente forma: A) RAÚL HERNÁN CASTILLO CASTILLO, aporta la suma de tres millones quinientos mil pesos ($3.500.000.-), que entera y paga en este acto, de contado y en dinero efectivo, que ingresan a la caja social; B) BIANCA YASMINA PFENG LEAL, aporta la suma de tres millones quinientos mil pesos ($3.500.000.-), que entera y paga en este acto, de contado y en dinero efectivo, que ingresan a la caja social; quedando enterado y pagado el capital de la sociedad; C) RICARDO DANIEL ALFARO CORNEJO, aporta la suma de un millón quinientos mil pesos ($1.500.000.-), que entera y paga en este acto, de contado y en dinero efectivo, que ingresan a la caja social; quedando enterado y pagado el capital de la sociedad; D) MARCELA ALEJANDRA CISTERNAS MILATEGUA, aporta la suma de un millón quinientos mil pesos ($1.500.000.-), que entera y paga en este acto, de contado y en dinero efectivo, que ingresan a la caja social; quedando enterado y pagado el capital de la sociedad; Responsabilidad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio es la comuna de La Serena
- Duración
- La sociedad tendrá duración de cinco años prorrogable automática y sucesivamente por periodos iguales salvo manifestación en contrario de cualquiera de los
- Ley aplicable
- ley 3.918
Objeto social
El objeto de la sociedad será la prestación de servicios legales y asesorías jurídicas, consultorías, prestación de servicios profesionales, capacitaciones, clases, docencia y)o asistencias referidas y)o relacionadas con la abogacía y sus diferentes especialidades; sea con profesionales propios y)o de terceros; sea por cuenta propia y)o ajena. Además, podrá formar parte y)o integrar toda clase de sociedades, cualesquiera sea su forma y el objeto a que se dedique y)o en general la realización y)o ejecución de toda clase de actos de comercio o no, la compraventa, arrendamiento, demás actos, de toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales; tanto en Chile como en el extranjero, la prestación de servicios legales y asesorías jurídicas de todo tipo. Asimismo, la sociedad podrá abordar otras actividades y)o giros, que los socios de consuno determinen
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJESÚS OSSES REVECO, Notario Público Titular de la notaría de la comuna de La Serena, con oficio en calle Cordovez 317, de la Comuna de La Serena, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 02 de mayo del año 2023 ante el Notario suplente doña Paulina Macarena Plaza Paste, repertorio 1381-2023; RAÚL HERNÁN CASTILLO CASTILLO, chileno, casado, abogado, cédula de identidad nº 8.809.173-6, domiciliado en calle Valle del Choapa nro. 1437, La Serena; BIANCA YASMINA PFENG LEAL, chilena, divorciada, abogada, cédula de identidad n° 17.133.554-k, domiciliada en calle Marcos Gallo Vergara nro. 587, departamento nro. 431, La Serena; RICARDO DANIEL ALFARO CORNEJO, chileno, casado, abogado, cédula de identidad n° 17.624.645-6, domiciliado en Avenida San Joaquin nro. 1508, departamento 34, torre E, La Serena; y MARCELA ALEJANDRA CISTERNAS MILATEGUA, chilena, abogada, cédula de identidad n° 18.161.958-9, domiciliada en calle Los Olivos nro. 5007, La Serena; constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada, regida por ley 3.918 y estatutos que constan en escritura; Razón Social: “ESTUDIO CASTILLO - PFENG ABOGADOS Y SERVICIOS LEGALES LIMITADA”, nombre de fantasía: “ESTUDIO CASTILLO - PFENG ABOGADOS LIMITADA” o “ESTUDIO CASTILLO - PFENG LTDA.” Administración y uso razón social corresponderá a los socios RAÚL HERNÁN CASTILLO CASTILLO, BIANCA YASMINA PFENG LEAL y MARCELA ALEJANDRA CISTERNAS MILATEGUA, quienes actuando de forma conjunta entre dos de los tres socios referidos, podrán actuar en nombre y representación de la sociedad; facultades constan en escritura. Capital suscrito: El capital social de la sociedad es la suma de $10.000.000.- que los socios aportan y pagan de la siguiente forma: A) RAÚL HERNÁN CASTILLO CASTILLO, aporta la suma de tres millones quinientos mil pesos ($3.500.000.-), que entera y paga en este acto, de contado y en dinero efectivo, que ingresan a la caja social; B) BIANCA YASMINA PFENG LEAL, aporta la suma de tres millones quinientos mil pesos ($3.500.000.-), que entera y paga en este acto, de contado y en dinero efectivo, que ingresan a la caja social; quedando enterado y pagado el capital de la sociedad; C) RICARDO DANIEL ALFARO CORNEJO, aporta la suma de un millón quinientos mil pesos ($1.500.000.-), que entera y paga en este acto, de contado y en dinero efectivo, que ingresan a la caja social; quedando enterado y pagado el capital de la sociedad; D) MARCELA ALEJANDRA CISTERNAS MILATEGUA, aporta la suma de un millón quinientos mil pesos ($1.500.000.-), que entera y paga en este acto, de contado y en dinero efectivo, que ingresan a la caja social; quedando enterado y pagado el capital de la sociedad; Responsabilidad socios: Limítese hasta monto respectivo del aporte. Objeto: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios legales y asesorías jurídicas, consultorías, prestación de servicios profesionales, capacitaciones, clases, docencia y/o asistencias referidas y/o relacionadas con la abogacía y sus diferentes especialidades; sea con profesionales propios y/o de terceros; sea por cuenta propia y/o ajena. Además, podrá formar parte y/o integrar toda clase de sociedades, cualesquiera sea su forma y el objeto a que se dedique y/o en general la realización y/o ejecución de toda clase de actos de comercio o no, la compraventa, arrendamiento, demás actos, de toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales; tanto en Chile como en el extranjero, la prestación de servicios legales y asesorías jurídicas de todo tipo. Asimismo, la sociedad podrá abordar otras actividades y/o giros, que los socios de consuno determinen. Domicilio: El domicilio es la comuna de La Serena, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en otros puntos del país, o el extranjero. Duración: La sociedad tendrá duración de cinco años prorrogable automática y sucesivamente por periodos iguales salvo manifestación en contrario de cualquiera de los socios. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. La Serena 25 de mayo de 2023. DOY FE.