CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE PRESTACIONES MÉDICAS REDMAN LIMITADA

CVE 2320915
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
12 de mayo de 2023
Notaría
Talca
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
12 de mayo de 2023
Notario
TEODORO PATRICIO DURÁN PALMA
Oficio
Quinta Notaría de Talca
Comuna
Talca

Sociedad

N. fantasía
"REDMAN LTDA."
Capital
$5.000.000 CLP
Domicilio
Talca
Duración
20 años, a contar de fecha escritura extractada, plazo que se prorrogará por periodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno

Objeto social

A) la prestación de todo tipo de servicios médicos, como los de consulta, diagnóstico, curación, de tratamientos de todas clases, imagenología, operaciones e intervenciones de todo tipo y en general, toda actividad destinada a llevar a efecto de forma preventiva o interventiva prestaciones de medicina general o especializada en todas las áreas autorizadas en la actualidad por los Servicios de Salud del territorio de la república; B) la realización y participación en todo tipo de inversiones de cualquier naturaleza, sea en su conformación o en forma de participación ante todo tipo de organismos públicos o privados; así como la participación o constitución de sociedades de cualquier giro u objeto en forma de inversionista o en asociación o cuenta en participación, sociedades y en general, inversiones de todo tipo o naturaleza; C) la participación en todo tipo de licitaciones de prestación de servicios profesionales en las áreas de la letra a o en toda otra relativa a la letra b de la presente clausula; D) En general, realizar todos los actos y contratos que digan relación directa o indirecta con el objeto social, la realización de todo acto o contrato destinado al cumplimiento del objeto social, pudiendo formar y participar en sociedades y asociaciones de todo tipo con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, y que tengas por objeto la realización del objeto social, así como otras relacionadas o afines con las anteriores que los accionistas acuerden o determinen; E) La inversión en toda clase de bienes muebles corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos; debentures, títulos, efectos de comercio y cualesquiera otros valores o documentos mercantiles, sean ellos de oferta pública o privada, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, limitadas o colectivas, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; F) La compra, venta, arrendamiento, instalación, administración, explotación y comercialización de centros médicos, de salud, clínicas, consultase interconsultas y centros terapéuticos y hospitalarios en general, orientados a la atención de personas en todas sus formas y especialidades. Se entiende incorporado en ello la prestación de servicios profesionales, quirúrgicos, dentales, de Imagenología, rayos y afines, toma de muestras, exámenes, laboratorios clínicos, la compra y venta de insumos y artículos terapéuticos, prótesis y afines, como asimismo actividades de investigación científica, capacitación y educación; y G) en general toda actividad que sea necesaria para llevar a efecto el objeto social principal, cual es, prestar servicios médicos ambulatorios de todo tipo

Administración

corresponderá a don ROGELIO IGNACIO CARRILLO CORONA, con amplias facultades señaladas en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

TEODORO PATRICIO DURÁN PALMA, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Talca, con oficio en 1 Norte Nº 888 de Talca, certifico: Por escritura pública, otorgada hoy, ante mí, don ROGELIO IGNACIO CARRILLO CORONA, domiciliado en Parcelación Estrella de Lircay, Parcela 2, Lote D1, Talca; y don NICOLÁS ANTONIO CARRILLO CORONA, domiciliado en Amapolas N° 5565, departamento 602, Ñuñoa, Santiago, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada: Razón social: "SOCIEDAD DE PRESTACIONES MÉDICAS REDMAN LIMITADA”. Nombre de fantasía: "REDMAN LTDA.". Objeto social: A) la prestación de todo tipo de servicios médicos, como los de consulta, diagnóstico, curación, de tratamientos de todas clases, imagenología, operaciones e intervenciones de todo tipo y en general, toda actividad destinada a llevar a efecto de forma preventiva o interventiva prestaciones de medicina general o especializada en todas las áreas autorizadas en la actualidad por los Servicios de Salud del territorio de la república; B) la realización y participación en todo tipo de inversiones de cualquier naturaleza, sea en su conformación o en forma de participación ante todo tipo de organismos públicos o privados; así como la participación o constitución de sociedades de cualquier giro u objeto en forma de inversionista o en asociación o cuenta en participación, sociedades y en general, inversiones de todo tipo o naturaleza; C) la participación en todo tipo de licitaciones de prestación de servicios profesionales en las áreas de la letra a o en toda otra relativa a la letra b de la presente clausula; D) En general, realizar todos los actos y contratos que digan relación directa o indirecta con el objeto social, la realización de todo acto o contrato destinado al cumplimiento del objeto social, pudiendo formar y participar en sociedades y asociaciones de todo tipo con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, y que tengas por objeto la realización del objeto social, así como otras relacionadas o afines con las anteriores que los accionistas acuerden o determinen; E) La inversión en toda clase de bienes muebles corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos; debentures, títulos, efectos de comercio y cualesquiera otros valores o documentos mercantiles, sean ellos de oferta pública o privada, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, limitadas o colectivas, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; F) La compra, venta, arrendamiento, instalación, administración, explotación y comercialización de centros médicos, de salud, clínicas, consultase interconsultas y centros terapéuticos y hospitalarios en general, orientados a la atención de personas en todas sus formas y especialidades. Se entiende incorporado en ello la prestación de servicios profesionales, quirúrgicos, dentales, de Imagenología, rayos y afines, toma de muestras, exámenes, laboratorios clínicos, la compra y venta de insumos y artículos terapéuticos, prótesis y afines, como asimismo actividades de investigación científica, capacitación y educación; y G) en general toda actividad que sea necesaria para llevar a efecto el objeto social principal, cual es, prestar servicios médicos ambulatorios de todo tipo. Capital: $5.000.000.-, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) don ROGELIO IGNACIO CARRILLO CORONA, aporta $4.600.000.-, en este acto, en dinero efectivo, ingresado a caja social, equivalentes al 92% del capital social; y b) NICOLÁS ANTONIO CARRILLO CORONA, aporta $400.000.-, en este acto, dinero efectivo, ingresado a caja social, equivalentes al 8% del capital social. Administración, representación de la sociedad y uso de la razón social: corresponderá a don ROGELIO IGNACIO CARRILLO CORONA, con amplias facultades señaladas en escritura extractada. Domicilio: Talca, sin perjuicio de las agencias, sucursales y oficinas que pueda abrir y operar en el resto del país y en el extranjero. Duración: 20 años, a contar de fecha escritura extractada, plazo que se prorrogará por periodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno. Demás estipulaciones escritura extractada. Talca, 12 de mayo de 2023.